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AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de julio de 2007.
HECHOS
Primero.- Que la presente ejecución se despachó por Auto de fecha 16 de noviembre de 2006 a instancia de Francisco Ortega Ruano, contra Francisco Bordón Pérez, en reclamación de un principal de 18.297,15 euros, más 1.800 euros de intereses provisionales y 1.800 euros de costas provisionales.Segundo.- Que la insolvencia de la empresa ejecutada ha sido declarada judicialmente con anterioridad, conforme es de ver y consta unida en la certificación que obra con antelación.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Único.- Que a tenor de lo previsto en el artē. 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, se está en el caso de decretar la insolvencia provisional de la empresa ejecutada a los efectos de la presente ejecución, toda vez que declarada judicialmente con anterioridad dicha insolvencia, ello constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones.Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso S.SĒ.I., ante mí el Secretario, dijo:
Se declara la insolvencia provisional de empresa Francisco Bordón Pérez, a los fines de la presente ejecución.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación.
Así se acuerda, manda y firma por D. Francisco José Trujillo Calvo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nē 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe. E/ante mí:
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