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BOC Nº 144. Miércoles 18 de Julio de 2007 - 1179

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

1179 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Resolución de 6 de julio de 2007, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes a las subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de calidad y gestión medioambiental en establecimientos turísticos, cuyos expedientes han sido examinados a 4 de julio de 2007.

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Por Orden de 25 de abril de 2007, de la Consejería de Turismo, se convocó procedimiento de concesión, para el año 2007, de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la implantación y renovación de sistemas de calidad y gestión medioambiental en establecimientos turísticos.

En la base octava de dicha Orden, se establece tal y como estipula el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que examinada la documentación, de no reunir las solicitudes los requisitos exigidos o no aportarse la documentación preceptiva, se requerirá a los interesados para que, en un plazo de diez (10) días, subsanen y/o completen los documentos y/o datos indicados en la base séptima, llevándose a cabo la notificación a través del Boletín Oficial de Canarias.

Estando este Centro Directivo pendiente de recibir las solicitudes presentadas en otras Administraciones Públicas, cumpliendo con la exigencia legal de dotar al presente procedimiento de mayor celeridad y eficiencia, se ha decidido proceder a un primer requerimiento según lo antedicho, de aquellos expedientes revisados a fecha 4 de julio de 2007.

En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que en el plazo de diez (10) días subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- Se proceda a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de julio de 2007.- El Director General de Ordenación y Promoción Turística, Raimundo Domínguez de Vera.

Ver anexos - páginas 18352-18361

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