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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de fecha 4 de junio de 2007 (B.O.C. nš 118, de 14.6.07), se aprueba la integración provisional de Dña. Eduvigis Rodríguez Flores en el Cuerpo Auxiliar (Grupo D) de la Comunidad Autónoma de Canarias.Segundo.- Se han cumplido los trámites reglamentarios para la formulación de la referida declaración de integración.
CONSIDERACIÓN JURÍDICA
Única.- De conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, la citada funcionaria está integrada en la organización de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y procede la declaración formal de la referida integración.Teniendo en cuenta las demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las facultades conferidas por las normas en vigor,
R E S U E L V O:
Uno.- Aprobar la integración definitiva de Dña. Eduvigis Rodríguez Flores número de registro de personal 42016672LAFD611 en el Cuerpo Auxiliar (Grupo D) de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dos.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2007.
EL CONSEJERO DE
PRESIDENCIA Y JUSTICIA
en funciones,
José Miguel Ruano León.
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