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HAGO SABER:
Que en el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia con fecha 28 de diciembre de 2006 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:Se desestima la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Agustín Francisco Rivero Pérez, por sí y en representación de la herencia yacente de D. Bartolomé Lorenzo Pérez, frente a Dña. Dolores Suárez Viera, Dña. Luz Marina Pérez Suárez, Dña. Crisol Pérez Suárez, representados por el Procurador D. Francisco J. Artiles Martínez y contra la herencia yacente de D. José Pérez Domínguez, en rebeldía procesal, absolviendo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra, sin expresa imposición de costas.
Y para que así conste y la presente sirva de notificación a la herencia yacente de D. José Pérez Domínguez, dada su situación procesal, se expide el presente en Santa María de Guía, a 2 de marzo de 2007.- La Sra. Juez.
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