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2007/138 - Miércoles 11 de Julio de 2007

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1138 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 26 de junio de 2007, de la Presidenta, por la que se amplía el plazo de realización y ejecución de los Proyectos de Acciones Complementarias y de Acompañamiento a la formación de trabajadores 2006, en materia de Formación Profesional Continua, convocados por Resolución de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta, que establece el procedimiento general para la concesión de subvenciones públicas al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento, cofinanciada por el Fondo Social Europeo (B.O.C. nš 170, de 31.8.06).

Por Resolución de la Presidenta de 21 de agosto de 2006, se aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2006 y se establece el procedimiento de concesión de subvenciones públicas, al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, en materia de formación profesional continua por parte del Servicio Canario de Empleo, cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

Por Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Directora, se conceden las subvenciones públicas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nš 18, de 24 de enero de 2007.

En el resuelvo sexto de la citada Resolución, se establece que la acciones incluidas en los Proyectos aprobados a las entidades beneficiarias, deberán comenzar a partir de la fecha de notificación de la subvención concedida pudiendo finalizar hasta el 30 de junio de 2007, inclusive, conforme al apartado primero del dispongo decimonoveno de la precitada Resolución de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta.

Vistas las solicitudes presentadas por varias de las entidades subvencionadas, de ampliar el plazo de ejecución del proyecto, dada la complejidad de los mismos y, considerando que la temporalización solicitada, inicialmente, por las entidades, se adaptó a los plazos que establecía la Resolución de convocatoria de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta, siendo esta última muy inferior a aquélla y, considerando que la ampliación del tiempo para la ejecución de los proyectos no causa perjuicio a terceros y, por el contrario, redunda en una mejor ejecución de los fondos públicos, es por lo que se considera conveniente la ampliación del plazo de ejecución de los Proyectos de Acciones Complementarias y de Acompañamiento 2006.

Visto el informe favorable de la Intervención General de fecha 18 de junio de 2007 y, en uso de las competencias que tengo legal y reglamentaria establecidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar el plazo de realización y ejecución de los Proyectos de Acciones Complementarias y de Acompañamiento a la formación de trabajadores 2006, en materia de Formación Profesional Continua, convocados por Resolución de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta, modificando el apartado primero del dispongo decimonoveno de la precitada Resolución de la Presidenta, quedando redactado en los términos siguientes:

"1. Las acciones, incluidas en los Proyectos presentados por las entidades beneficiarias, deberán comenzar a partir de la fecha de notificación o publicación de la subvención concedida, pudiendo finalizar hasta el 15 de octubre de 2007, incluidas las jornadas de difusión."

Segundo.- Como consecuencia de lo anterior, dejar sin efecto el apartado segundo del dispongo decimonoveno de la precitada Resolución de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se convoca la concesión de subvenciones públicas al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, para el ejercicio de 2006.

Tercero.- Modificar el párrafo primero del apartado primero del dispongo vigésimo de la Resolución de 21 de agosto de 2006, de la Presidenta, quedando redactado en los términos siguientes:

"1. La justificación de gastos de la subvención, deberá realizarse dentro del plazo de un mes siguiente a la finalización del proyecto."

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, que por turno corresponda, si bien podrá interponerse, a elección del recurrente, recurso potestativo de reposición ante la Presidenta del Servicio Canario de Empleo en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2007.- La Presidenta del Servicio Canario de Empleo en funciones, María Luisa Zamora Rodríguez.

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