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BOC Nº 135. Viernes 6 de Julio de 2007 - 2667

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria

2667 - EDICTO de 11 de junio de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000939/2006.

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En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

PARTES:

Demandante: Dña. María Dolores Rodríguez Martín (representada por la procuradora Sra. Quintero Hernández y asistida por el letrado Sr. Guerra Aguiar) quien actúa en beneficio de la comunidad hereditaria de D. Feliciano Rodríguez Santana.

Demandados: D. Antonio Gómez Díaz (en rebeldía), Dña. Carmen Gómez Díaz (en rebeldía) y Dña. Isabel Gómez Díaz (falleció el día 13 de octubre de 1978 y se personaron sus hijos D. José y D. Juan Rivero Gómez representados por la Procuradora Sra. Moreno Santana y asistidos por el Letrado Sr. Roca Martínez). Subsidiariamente, para el supuesto de fallecimiento, se demandó a los desconocidos herederos de los anteriores.

Sobre elevación a escritura pública de documento privado.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Quintero Hernández en representación de Dña. María Dolores Rodríguez Martín (que actúa en beneficio de la comunidad hereditaria de D. Feliciano Rodríguez Santana) frente a D. Antonio Gómez Díaz o sus desconocidos herederos, Dña. Carmen Gómez Díaz o sus desconocidos herederos y herederos de Dña. Isabel Gómez Díaz (fallecida), declaro que los demandados están obligados a elevar a escritura pública el contrato de compraventa de fecha 26 de octubre de 1967 celebrado entre D. Antonio Gómez Díaz, Dña. Carmen Gómez Díaz y Dña. Isabel Gómez Díaz como vendedores y D. Feliciano Rodríguez Santana como comprador sobre la finca descrita en el antecedente de hecho primero de esta resolución bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se tendrá por emitida su declaración de voluntad de conformidad con el artículo 708 LECn. Y ello sin hacer expresa condena a la parte demandada al pago de las costas causadas.

Así por esta Sentencia, que no es firme y contra la que podrá interponerse recurso de apelación a preparar ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, lo manda y firma Rafael Passaro Cabrera, Magistrado Juez de este Juzgado, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y, para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de D. Antonio Gómez Díaz y Dña. Carmen Gómez Díaz se expide la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 2007.- El/la Secretario.

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