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BOC Nº 135. Viernes 6 de Julio de 2007 - 2666

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria

2666 - EDICTO de 2 de mayo de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000997/2006.

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Dña. Rita González Vega, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas, a 27 de abril de 2007.

Vistos por mí, Rosa Agrasso Barbeito, Magistrada Jueza del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, los autos de juicio verbal nº 997/2006, en el que es demandante Dña. Pino Peñate Medina, representada por el procurador de los Tribunales D. Alejandro Valido Farray, y defendido por letrado D. Santiago Castellano Rodríguez, frente a D. Armand Pierre Teunis, en situación de rebeldía procesal, sobre resolución de contrato y desahucio por falta de pago.

FALLO:

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Pino Peñate Medina representada por el procurador D. Alejandro Valido Farray y declaro haber lugar al desahucio de la casa sita en el nº 5 de calle Músico José María Tarridas, Monteluz, Tafira de la localidad de Las Palmas de Gran Canaria y debo condenar y condeno al demandado D. Armand Pierre Teunis, en situación de rebeldía procesal a ponerlo a la entera y libre disposición de la arrendadora. Con imposición de costas al demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, desde el siguiente a su notificación, mediante escrito ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial. No se admitirá al demandado el recurso de apelación si al tiempo de prepararlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas.

Así lo ordeno, mando y firmo, Rosa Agrasso Barbeito, Magistrada Jueza del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria.

Y para que sirva de notificación al demandado Armand Pierre Teunis expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de mayo de 2007.- El/la Secretario.

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