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BOC Nº 135. Viernes 6 de Julio de 2007 - 2660

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2660 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 14 de junio de 2007, por el que se hace pública la notificación a Dña. Basilisa Nélida Piñero Mendoza, de la Resolución que solicita documentación para continuar el trámite del expediente de Pensión de Jubilación No Contributiva, por encontrarse en ignorado paradero.

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Asunto: petición de documentación en trámite de Pensión No Contributiva.

A efectos de continuar el trámite del expediente de Pensión de Jubilación No Contributiva iniciado a su nombre en esta Dirección General de Servicios Sociales, deberá aportar en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la recepción de esta notificación, los documentos y/o datos señalados:

- Sentencia y convenio regulador; en caso de separación legal o divorcio del solicitante. En caso de separación de hecho aportar inicio del procedimiento de separación.

- Fotocopia de la Declaración de la Renta año 2005 y módulos año certificación negativa de Hacienda a nombre de Basilisa Nélida Piñero Mendoza y Nélida Piñero Mendoza (hija).

- De sus bienes inmuebles, deberá declarar cuál es su vivienda habitual, situación en la que se encuentran cada uno de los bienes urbanos y/o rústicos, así como los ingresos que le produzcan en el año 2005-2006 aportando copias de contratos de arrendamiento y recibos de alquiler, escritura de donación, escritura de compraventa, documento de cesión, etc. En el caso de no obtener rendimiento por dichos bienes, deberá aportar informe policial que acredite el tipo de inmueble de que se trata (vivienda, garaje, local comercial, etc.), uso que se les da y personas que lo habitan.

- Documento donde se acredite la situación laboral y los ingresos que se perciban por trabajo, rentas de capital, prestaciones y otras causas en el año 2005 y 2006 de su hija Nélida.

De no aportar esta documentación, en el plazo anteriormente citado, se originará la paralización del expediente, y transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones practicadas previa resolución, de conformidad con lo establecido en el artº. 92.1 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de junio de 2007.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03), Jesús M. Coello Gil.

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