Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 134. Jueves 5 de Julio de 2007 - 1104

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1104 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 19 de junio de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de marzo de 2007, relativo a la adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, en las áreas de suspensión de las antiguas unidades de actuación UA19, UA21, UA23, UA28 y UA29.

Descargar en formato pdf

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2007, adoptó acuerdo relativo a la adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 5 de abril de 2004, en las áreas de suspensión de las antiguas unidades de actuación UA19, UA21, UA23, UA28 y UA29.

Habiéndose detectado que dicho Acuerdo aún no ha sido publicado oficialmente, tal y como exige el punto cuarto del mismo, es por lo que de acuerdo con las facultades que me atribuye la normativa vigente

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de marzo de 2007, relativo a la adaptación Plan General de Ordenación Los Realejos al Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 5 de abril de 2004, en las áreas de suspensión de las antiguas unidades de actuación UA19, UA29, UA21, UA23 y UA28, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2007.-El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Declarar debidamente acreditado el condicionante del Acuerdo adoptado por la C.O.T.M.A.C. en la sesión de fecha 5 de abril de 2004, por el que se aprueba definitivamente y de forma parcial el Plan General de Los Realejos, en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 51.1.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en los ámbitos del Plan General de Ordenación de Los Realejos donde operan las antiguas Unidades de Actuación 19, 22, 23, 28 y 29.

Segundo.- Levantar la suspensión en los ámbitos donde operan las antiguas Unidades de Actuación 19, 22, 23, 28 y 29, al entenderse acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 51.1.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Tercero.- Aprobar definitivamente, y de forma parcial, el Plan General de Ordenación de Los Realejos (Tenerife), en los ámbitos donde operan las antiguas Unidades de Actuación 19, 22, 23, 28 y 29, categorizándose como suelo urbano consolidado y recategorizar como suelo urbano no consolidado el ámbito de la Unidad de Actuación 21.

Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Los Realejos y al Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.

© Gobierno de Canarias