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BOC Nº 117. Miércoles 13 de Junio de 2007 - 951

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

951 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Directora, por la que se da publicidad de las subvenciones concedidas en el ejercicio presupuestario de 2006, consistentes en el abono de cuotas a la Seguridad Social a los trabajadores perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

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Visto el expediente de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Las subvenciones concedidas se regulan por el Real Decreto 1.044/1985, de 19 de junio (B.O.E. de 2.7.85) por el que se establece el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, desarrollado por la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994 (B.O.E. de 5.5.94), y de acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre (B.O.E. de 13.12.02), de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, modificada por el Real Decreto 1.413/2005, de 25 de diciembre (B.O.E. de 15.12.05).

Segundo.- En el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03), se establece que con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Tercero.- El Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (B.O.E. de 7.4.06), establece en su artículo 2.1.e) la autorización para la concesión directa de las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- El artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que "los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial correspondiente, y en los términos que se fijen reglamentariamente, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención".

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- La publicación de las subvenciones concedidas en el ejercicio presupuestario de 2006 que se relacionan en el anexo I, referentes a este programa cuya finalidad es promover el autoempleo mediante el paso de políticas pasivas de protección por desempleo a políticas activas de empleo:

· Esta subvención se financia con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2006: 23.01.322I.470.00, proyecto 23400401 "Bonificaciones de cuotas a la seguridad social a trabajadores perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único", por un presupuesto global de ochenta mil (80.000,00) euros.

· Este presupuesto global ha sido aprobado por la Conferencia Sectorial, Orden TAS/1075/2006, de 29 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2006, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos generales (B.O.E. nº 87, de 12.4.06).

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

Ver anexos - página 14250

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