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Visto el expediente de referencia, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las subvenciones concedidas se regulan por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31.7.99), modificada por la Orden TAS/49/2005, de 14 de enero (B.O.E. de 22.1.05), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E.
Segundo.- En el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03), se establece que con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Tercero.- El Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (B.O.E. de 7.4.06), establece en su artículo 2.1.l) la autorización para la concesión directa de la prórroga de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo.
Segundo.- El artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que "los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial correspondiente, y en los términos que se fijen reglamentariamente, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención".
En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,
R E S U E L V O:
Primero.- La publicación de las subvenciones concedidas en el ejercicio presupuestario de 2006 que se relacionan en el anexo I, referentes a este Programa cuya finalidad es promover la generación de empleo en el entorno local:
· Esta subvención se financia con cargo al crédito consignado en las siguientes aplicaciones del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2006: Aplicaciones 23.01.322I.470.00, proyecto 23400301 "Agentes de Empleo y Desarrollo Local" y 23.01.322I.470.00, proyecto 23454701 "II PIEC Agentes de Empleo y Desarrollo Local", por un presupuesto global de ocho millones setecientos treinta mil trescientos cuarenta y ocho euros con treinta y ocho céntimos (8.730.348,38 euros).
· Este presupuesto global ha sido aprobado por la Conferencia Sectorial, Orden TAS/1075/2006, de 29 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2006, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos generales (B.O.E. nº 87, de 12.4.06).
· La presente subvención se encuentra cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en un 70% mediante el Programa Operativo 2000 ES 051 PO 017 (Eje 50: Desarrollo local y urbano, Medida 6.2: Agentes de Empleo y Desarrollo Local).
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.
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