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BOC Nº 109. Viernes 1 de Junio de 2007 - 2206

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde

2206 - EDICTO de 26 de enero de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000292/2005.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 3 de Telde.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0000292/2005.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Idaira González Falcón.

PARTE DEMANDADA: D. Federico Báez Suárez, José Hernández Robaina y Allianz Ras, S.A.

SOBRE: tráfico.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Telde, a 24 de enero de 2007.

Vistos por la Sra. Dña. Nuria Raquel Arencibia Rodríguez, Magistrado-Juez Stta. del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta localidad, los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el nº 292/05 a instancia de Dña. Idaira González Falcón, representada por el Procurador D. Francisco Montesdeoca Santana y asistida por la Letrada Dña. Carolina González González, contra D. Federico Báez Suárez, D. José Hernández Robaina y la entidad de Seguros Allianz Ras, S.A., representada por la Procuradora Dña. Mercedes Oliva Bethencourt y asistida por el Letrado D. José Monzón Álvarez, sobre reclamación de cantidad; y atendiendo a los siguientes

FALLO

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Francisco Montesdeoca Santana, en nombre y representación de Dña. Idaira González Falcón, contra D. Federico Báez Suárez, D. José Hernández Robaina y la entidad aseguradora Allianz Ras, S.A., debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos que se deducían en su contra, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandante.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, que, en su caso, se preparará ante este mismo Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo,

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia, estando la Sra. Juez que la suscribe celebrando Audiencia Pública, en el mismo día de su fecha. Doy Fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma Canaria para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia al demandado rebelde D. José Hernández Robaina.

En Telde, a 26 de enero de 2007.- El/la Secretario Judicial.

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