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Por Resolución de la Dirección General de Comercio, de fecha 31 de julio de 2003, se le adjudicó a la empresa Fransuca, S.L. una subvención por importe de 48.080,50 euros.
Como consecuencia de la inspección girada a la misma por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, se comprobó que la misma carecía de la correspondiente licencia de apertura, requerida por la Orden de Convocatoria.
Por informe provisional de control financiero efectuado por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, se solicitó a la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, procediera a requerir a la interesada la correspondiente licencia de apertura, requerida en la base 7ª de la convocatoria y se le concediera un plazo para su presentación.
Intentada la notificación de acuerdo con las formalidades establecidas en los términos del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la misma resultó infructuosa.
Por todo ello se procede:
A notificar el escrito de fecha 2 de marzo de 2007, de esta Dirección General de Comercio, cuyo tenor literal es el siguiente: "En fecha 23 de enero de 2007, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, manifiesta que de la inspección girada por la misma, ese establecimiento carece de la correspondiente licencia de apertura requerida por la base 7ª de la convocatoria, por lo que se le requiere para que aporte la misma en un plazo de 30 días a partir de la recepción del presente escrito, en la sede de la Dirección General de Comercio de esta Consejería.
En caso de no hacerlo podría iniciarse el correspondiente expediente de reintegro de la subvención concedida por importe de 48.080,50 euros más los intereses legales correspondientes".
Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2007.- El Director General de Comercio, Arturo Cabrera González.
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