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BOC Nº 101. Lunes 21 de Mayo de 2007 - 1979

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

1979 - Secretaría General Técnica.- Anuncio de 5 de mayo de 2007, por el que se hacen públicas las fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa motivada por las obras del proyecto denominado Acondicionamiento y variante de la Carretera GC-21, acceso a Teror, 1ª fase, isla de Gran Canaria.- Clave: 03-GC-291.

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El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 23 de abril de 2007, adoptó acuerdo por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos ubicados en el término municipal de Teror, afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución del proyecto denominado "Acondicionamiento y variante de la Carretera GC-21, acceso a Teror, 1ª fase, isla de Gran Canaria (B.O.C. nº 89, de 4.5.07).

Procediendo la aplicación del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación se detalla en el anexo único que se acompaña al presente edicto, para el día y hora que en el mismo se expresan comparezcan en el Ayuntamiento de la Villa de Teror, al objeto de iniciar el levantamiento de las preceptivas actas previas a la ocupación, sin perjuicio de trasladarse con posterioridad al propio terreno, si ello fuese necesario.

A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, documento privado, etc.), el último recibo de pago del impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, si los hubiere, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, si lo estima oportuno, de Perito y Notario.

El presente edicto se notificará al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Teror y en dos diarios de la provincia de Las Palmas de mayor difusión, y servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado paradero, a los efectos prevenidos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los interesados, aunque no figuren en la relación de personas afectadas, podrán formular alegaciones en la forma y lugares previstos en la citada Ley 30/1992, hasta el momento del levantamiento de las citadas actas previas, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir en la confección de la relación concreta e individualizada que contiene el anexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa.

Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de las mencionadas actas con algunos propietarios de bienes afectados, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente (excepto sábados) con igual horario.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2007.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.

Ver anexos - páginas 10634-10635

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