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BOC Nº 087. Miércoles 2 de Mayo de 2007 - 668

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

668 - ORDEN de 20 de abril de 2007, por la que se modifican parcialmente las bases indefinidas reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, y se convocan para el ejercicio 2007.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Comercio para realizar una nueva convocatoria de subvenciones a proyectos de Equipamientos Complementarios y Desarrollo de la Gestión y Promoción de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, para el ejercicio 2007.

Vista propuesta realizada por el Secretario General Técnico a iniciativa del Director General de Comercio.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) El Programa Sectorial para la potenciación de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias 2002-2007, aprobado el 22 de abril de 2002 por el Gobierno de Canarias, tiene como objetivo específico la potenciación de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias con una serie de actuaciones dirigidas a la dinamización de aquellas zonas ubicadas en cascos históricos y en municipios turísticos de nuestra región, a fin de recuperar, mantener y promocionar los centros tradicionales de compra.

2º) La Dirección General de Comercio de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias ha realizado una apuesta decidida por dicho Programa, dando integralidad al mismo con medidas de acompañamiento en la realización de planes estratégicos para cada Zona Comercial, contratando Dinamizadores que actúen como motores para la gestión y el desarrollo de la Zona Comercial Abierta.

3º) Para el presente ejercicio la cobertura financiera de la presente convocatoria de subvenciones se ha previsto en los Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2007.

4º) Después de la experiencia del año anterior en el que se tuvo que dictar instrucción a efectos de valorar la representatividad de las Asociaciones empresariales, considerándose la información más fiable la de los comprobantes de los pagos mensuales de sus asociados, se hace necesario modificar las bases en tal sentido.

5º) El proyecto "Desarrollo de la Gestión y la Promoción de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias" de la presente convocatoria está cofinanciado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio (2005-2008) en el programa de fomento del comercio urbano, concretamente en el apartado de centros comerciales abiertos, en un cuarenta por ciento (40%), de acuerdo con el Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio, celebrado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Mediante Orden de 11 de julio de 2006 (B.O.C. nº 138, de 18.7.06) se aprueban las bases reguladoras indefinidas para la concesión de subvenciones a proyectos de "equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y la promoción de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias" y se convocan para el ejercicio 2006.

Segunda.- El apartado primero del resuelvo de la citada Orden de convocatoria establece que las bases reguladoras mantendrán su vigencia durante el período 2006-2008.

Tercera.- Asimismo, la base general séptima de la precitada Orden recoge que el plazo de presentación de las solicitudes se establecerá anualmente mediante Orden Departamental que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, para cada convocatoria.

Cuarta.- El Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 10, apartado 2, estipula que en el supuesto de bases de vigencia indefinida, anualmente deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes, el importe correspondiente al ejercicio de que se trate y su aplicación presupuestaria.

Quinta.- El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, referido a delegación de competencias, dispone que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas.

En su virtud, en uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente

R E S U E L V O:

Primero.- Se modifica la base octava (solicitudes y documentación) de la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras indefinidas para la concesión de subvenciones a proyectos de "equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y la promoción de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias" añadiéndole lo siguiente: "g) Los comprobantes de los pagos mensuales de los asociados, mediante certificaciones bancarias, extractos, remesas, etc.".

Además se modifica la base sexta de la citada Orden de 11 de junio de 2006, en lo referido al Reglamento 69 (CE) nº 69/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas mínimis, publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 10, de 13 de enero de 2001, lo cual se entenderá referido al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por haber expirado la vigencia del Reglamento citado anteriormente.

Segundo.- Se convocan para el ejercicio 2007 concurso para concesión de subvenciones a proyectos de Equipamientos Complementarios a las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias.

La dotación económica para el presente ejercicio presupuestario será de quinientos mil (500.000,00) euros, importe que encuentra cobertura presupuestaria en la partida 15-05-622D-750.00, P.I. 00715900 "Equipamientos Comerciales de Carácter Social", conforme a la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2007.

Tercera.- Se convocan para el ejercicio 2007 concurso para la concesión de subvenciones a proyectos para el Desarrollo de la Gestión y la Promoción de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias.

La dotación económica para el presente ejercicio presupuestario será de doscientos cincuenta mil (250.000,00) euros, importe que encuentra cobertura presupuestaria en la partida 15-05-622D-450.00, P.I. 15413802 "Gestión de Centros Comerciales Abiertos", conforme a la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2007, cofinanciada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio (2005-2008) en el programa de fomento del comercio urbano, concretamente en el apartado de centros comerciales abiertos, en un cuarenta por ciento (40%), de acuerdo con el Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio, celebrado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias, así como, por el FEDER a través del eje 2, del Programa Operativo de Desarrollo e Innovación Empresarial.

Cuarto.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- Esta convocatoria se rige por las bases previstas en la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras indefinidas para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación empresarial en el sector comercial (B.O.C. nº 138, de 11.6.06).

Sexta.- Delegar en el Director General de Comercio las siguientes competencias:

- Resolver el concurso de la presente convocatoria.

- La modificación de la presente Orden y la ampliación de los plazos establecidos en la misma.

- Modificar, cuando proceda, la resolución de concesión.

- El inicio y resolución de los procedimientos de reintegro.

- El inicio y resolución de los procedimientos sancionadores.

- El acuerdo de abono anticipado, total o parcial, del importe de las subvenciones; así como, cuando las mismas no superen la cuantía de 15.025,30 euros, eximir a los beneficiarios de la prestación de garantías.

Séptima.- La presente Orden producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; haciendo saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de abril de 2007.

LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,

María Luisa Tejedor Salguero.

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