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2007/083 - Jueves 26 de Abril de 2007

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1633 Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de abril de 2007, relativa al registro, depósito y publicación del Acuerdo entre la Asociación Regional de Empresarios del Transporte Sanitario y Actividades Médico-Socio-Sanitarias (A.R.T.E.A.) y la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de U.G.T.

Visto el texto del Acuerdo entre la Asociación Regional de Empresarios del Transporte Sanitario y Actividades Médico-Socio-Sanitarias y la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de U.G.T.; y de conformidad con lo dispuesto en el artē. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero, y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre depósito y registro de Convenios Colectivos y el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales aprobado por el Decreto 39/2005, de 16 de marzo (B.O.C. nē 63, de 31.3.05); esta Dirección General de Trabajo

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Acuerdos y Pactos, con notificación a los firmantes del mismo.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de abril de 2007.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de abril de 2007.

Reunidos en Las Palmas de Gran Canaria, D. José Eugenio de Armas Martínez, en calidad de Secretario General, de la "Asociación Regional de Empresarios del Transporte Sanitario y Actividades Médico-Socio-Sanitarias" (A.R.T.E.A.), con domicilio en la calle Vigilante García Cabello, 15 bajo, de Las Palmas de Gran Canaria y D. Julián Seco Hierro, Coordinador Regional de la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de la Unión General de Trabajadores (FTCM-U.G.T.), con domicilio en Avenida Primero de Mayo, 21, 2Ē planta, puerta 1, de Las Palmas de Gran Canaria

ACUERDAN:

Primero.- La Asociación A.R.T.E.A. se compromete a que todos sus asociados, llevarán a cabo el pago del I.P.C. de los años 2005 y 2006. Dicho pago se realizará en concepto de adelanto a lo que se acuerde en la Mesa de Negociación Nacional.

Segundo.- Que la mencionada subida, será mínima, y se practicará en base al I.P.C. real nacional de dichos años.

	Año 2005 	3,7
	Año 2006 	2,7
A aplicar a todos los conceptos recogidos en el actual convenio colectivo estatal:

Se anexan tablas.

Desde la firma de este acuerdo, con efecto para abril de 2007, se comenzará a utilizar como cantidades base, las reflejadas en la tabla anexa como salario para el 2006, que se regularizarán acorde con las tablas nacionales una vez que estas se firmen.

Tercero.- Los atrasos de la subida del I.P.C. de los años 2005 y 2006, se abonarán en seis plazos. En mensualidades consecutivas, permitiéndole a las empresas abonar el primer plazo en abril o mayo de 2007 y teniendo que estar finalizado el pago en septiembre u octubre de 2007.

Dichos atrasos se abonarán en una nómina aparte en la que se le practicarán los pertinentes descuentos de Contingencias Comunes, Desempleo, Formación Profesional e I.R.P.F.

Cuarto.- Que dicho pago tendrá el carácter de mínimo, por lo que si se acordará una subida de mayor cuantía en la Mesa Nacional, las trabajadoras y trabajadores del sector tendrán derecho a la misma.

En caso de que no se firme subida alguna o se acuerden cantidades inferiores a las de aquí firmadas no se reclamará cantidad alguna a los trabajadores.

Quinto.- Este Acuerdo afectará a todas las empresas representadas por A.R.T.E.A. y será de aplicación para todas las trabajadoras y trabajadores del sector en Canarias.

Sexto.- La Asociación A.R.T.E.A. en representación de uno de sus asociados, Manuel Guerra Castellano, S.L., que ha llegado a un acuerdo con el Comité de Empresa de Gran Canaria, para el pago de la subida en concepto de adelanto del I.P.C. del año 2006, acuerda hacer extensivo ese acuerdo a las islas de Tenerife y La Palma, donde también hay personal de la citada empresa.

Séptimo.- Si cualquier otro asociado de A.R.T.E.A. adoptara el acuerdo firmado por la empresa Manuel Guerra Castellano, tendrá que extenderlo a toda la plantilla y a todos los conceptos antes mencionados.

Octavo.- En cuanto a los atrasos de la empresa "UTE Ambulancias García Tacoronte, S.L.-Ambulancias Vecindario, S.L.", la cual se encuentra en un procedimiento disolutorio afectado por la Ley Concursal, A.R.T.E.A., se compromete a que dicha UTE, haga efectivo las horas pendientes de abono al igual que el I.P.C. en los plazos acordados en el punto tercero.

Y en prueba de conformidad, se firma este Acuerdo, en la fecha indicada.

< Ver anexos - Página/s 8842-8843 >
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