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BOC Nº 078. Jueves 19 de Abril de 2007 - 1509

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1509 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 27 de marzo de 2007, relativo a requerimiento de documentación a Dña. Liliana Carmen Silva Arias, para justificación de subvención financiera-autónomos concedida.- Expte. nº 03-38/00326 (subv. financiera-autónomos).

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero y mediante la publicación del presente anuncio, la notificación a Dña. Liliana Carmen Silva Arias, requerimiento de documentación para justificación de subvención financiera-autónomos concedida, de fecha 11 de diciembre de 2006, con nº r.s. 756268/41536, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento para justificación de subvención.

En relación con la Subvención Financiera concedida a Dña. Liliana Carmen Silva Arias, con N.I.F. 78858308-W, mediante Resolución del Servicio Canario de Empleo nº 03-38/5516 de fecha 29 de diciembre de 2003, de las previstas en el programa III: Promoción del empleo autónomo de la Orden de 22 de marzo de 1994 (B.O.E. de 12 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones del programa de "Promoción del empleo autónomo" reguladas en la Orden de 21 de febrero de 1986 (B.O.E. de 27 de febrero), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio) y atribuida al Servicio Canario de Empleo mediante Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre), en relación con la Ley 12/2003, de 4 de abril, se le informa que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo único de la citada Orden de 22 de marzo de 1994, como en la propia Resolución de concesión, los beneficiarios de las subvenciones están obligados a realizar la actividad durante el plazo de, al menos, tres años desde su constitución como trabajadora autónoma.

Por lo expuesto y debido a que ya ha vencido el plazo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, presente en el Servicio Canario de Empleo original y dos fotocopias para su compulsa de la siguiente documentación: certificación expedida por los organismos competentes acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y con la Seguridad Social.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden de 22 de marzo de 1994, en relación con el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2006.- La Jefa de Sección de Creación de Empleo y Act. I., María Jesús Delgado Rodríguez."

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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