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BOC Nº 078. Jueves 19 de Abril de 2007 - 1508

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1508 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 27 de marzo de 2007, relativo a requerimiento de documentación a D. Óscar Guillermo Montironi, para justificación de subvención financiera-autónomos concedida.- Expte. nº 03-38/00324 (subv. financiera-autónomo).

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero y mediante la publicación del presente anuncio, la notificación a D. Óscar Guillermo Montironi, requerimiento de documentación relativo a justificación de subvención financiera-autónomos concedida, de fecha 11 de diciembre de 2006, con número r.s. 756261/41535, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento para justificación de subvención.

En relación con la subvención financiera concedida a D. Óscar Guillermo Montironi, con N.I.E. X4472524J, mediante Resolución del Servicio Canario de Empleo nº 03-38/5515, de fecha 29 de diciembre de 2003, de las previstas en el programa III: Promoción del empleo autónomo de la Orden de 22 de marzo de 1994 (B.O.E de 12 de abril), por la que se establecen las bases reguladores para la concesión de ayudas y subvenciones del programa de "Promoción del empleo autónomo" reguladas en la Orden de 21 de febrero de 1986 (B.O.E. de 27 de febrero), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por el Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio) y atribuida al Servicio Canario de Empleo mediante los Decretos 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre), en relación con la Ley 12/2003, de 4 de abril, se le informa que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo único de la citada Orden de 22 de marzo de 1994, como en la propia Resolución de concesión, los beneficiarios de las subvenciones están obligados a realizar la actividad que fundamentó la concesión durante el plazo de, al menos, tres años desde su constitución como trabajador autónomo.

Por lo expuesto y debido a que ya ha vencido el plazo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, presente en el Servicio Canario de Empleo original y dos fotocopias para su compulsa de la siguiente documentación: certificación expedida por el organismo competente acreditativa de que se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y con la Seguridad Social.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden de 22 de marzo de 1994, en relación con el Título II de la Ley 38/02003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2006.- La Jefa de Sección de Creación de Empleo y Act. I, María Jesús Delgado Rodríguez."

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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