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Asunto: notificación de petición de documentación.
A efectos de continuar el trámite de revisión del expediente de pensión no contributiva, deberá aportar en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la recepción de esta notificación, los documentos y/o datos señalados.
De no aportar esta documentación, en el plazo anteriormente citado, se originará la paralización del expediente, y transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones practicadas previa resolución, de conformidad con lo establecido en el artº. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se procederá a la suspensión del pago de la pensión conforme a lo previsto en el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2007.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03), Jesús M. Coello Gil.
A N E X O
PNI1992TF02465.
Timotea Perdomo Alonso.
Notificación de petición de documentación.
PNI1996TF00061.
Néstor Toledo Sánchez.
Notificación de petición de documentación.
PNI2006TF00965.
Clemente Gómez Ramos.
Notificación de petición de documentación.
PNI2006TF00888.
Jesús María Díaz-Espada L.
Notificación de petición de documentación.
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