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2007/074 - Viernes 13 de Abril de 2007

IV. ANUNCIOS
Otras Administraciones
Juzgado de Primera Instancia nš 12 de Las Palmas de Gran Canaria

Regresar al sumario 1410 EDICTO de 19 de enero de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nš 0000127/2006.

D. Miguel Palomino Cerro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš 12 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de noviembre del año dos mil seis.

Vistos por D. Miguel Palomino Cerro, Magistrado-Juez el Juzgado de Primera Instancia nš 12 de esta ciudad y de su partido, los presentes autos de juicio declarativo ordinario identificados con el nš 127/2006, seguidos a instancias de Móvil Canaria de Neumáticos, S.L. -MOVICANE-, representada por la Procuradora Dña. Acacia Teixeira Cruz, bajo la dirección del Letrado D. Federico González Camacho, contra Motor Sport El Sebadal, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, en nombre de Su Majestad el Rey pronuncia la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Teixeira Cruz, que actúa en nombre y representación de Móvil Canarias de Neumáticos, S.L. -MOVICANA-, debo condenar y condeno a Motor Sport El Sebadal, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, al pago a la demandante de la suma de dieciocho mil novecientos cuarenta y ocho euros con setenta y cuatro céntimos (18.948,74 euros), más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, debiendo la demandada abonar el importe de las costas generadas en la tramitación de esta causa.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, recurso que deberá prepararse anunciándolo ante este órgano judicial en el término de cinco días contados a partir de su notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Motor Sport El Sebadal, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2007.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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