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2007/074 - Viernes 13 de Abril de 2007

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

Regresar al sumario 568 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 3 de abril de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 20 de diciembre de 2006, relativo al recurso 431/95, que declara la nulidad de pleno derecho del Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 11 de mayo de 2005, por el que se aprobó el P.G.O. de San Mateo. Sentencia nš 1207/98, de 23 de octubre.

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 20 de diciembre de 2006, relativo al recurso 431/95, por el que se declara la nulidad de pleno derecho del Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 11 de mayo de 2005, por el que se aprobó el P.G.O. de San Mateo. Sentencia nš 1207/98, de 23 de octubre, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento del Auto de 2 de mayo de 2006, dictado por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso nš 431/95, por el que se declara la nulidad de pleno derecho del Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 11 de mayo del año 2005, por el que aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación de la Vega de San Mateo (Gran Canaria), en el particular relativo a la clasificación como suelo urbano no consolidado (SUNCU UA-14 de La Veguetilla) de la finca litigiosa, debiendo, en correcta ejecución de la Sentencia nš 1207/98, de 23 de octubre, clasificarse como suelo urbano en la categoría de consolidado.

Segundo.- El expediente será debidamente notificado al Ayuntamiento de la Vega de San Mateo a efectos del estricto cumplimiento del referido fallo judicial.

Tercero.- Incorporar al documento de planeamiento anulado la correspondiente diligencia administrativa.

Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Salvador Trujillo Morales.

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