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R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 20 de julio de 2006, relativo a la Sentencia nš 603/99, de 23 de abril, sobre Nulidad de Pleno Derecho de Órdenes Departamentales de 2 de septiembre de 1994 y de 2 de marzo de 1995, por la que se aprobó definitivamente el P.G.O. de Telde, requerida en el recurso 1.862/1994, cuyo texto se adjunta como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 20 de julio de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento del Auto de 29 de marzo de 2006, dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso nš 1862/1994, por el que se declara la Nulidad de Pleno Derecho de las Órdenes Departamentales de 2 de septiembre de 1994 y de 2 de marzo de 1995, por el que aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación de Telde (Gran Canaria), en el particular relativo a la clasificación como suelo urbanizable no programado de la finca litigiosa sita en la zona denominada Bocabarranco Industrial (42.615 m2), debiendo, en correcta ejecución de la Sentencia nš 603/99, de 23 de abril, clasificarse como suelo urbano en la categoría de consolidado.
Segundo.- El expediente será debidamente notificado al Ayuntamiento de Telde a efectos del estricto cumplimiento del referido fallo judicial.
Tercero.- Incorporar al vigente documento de planeamiento la correspondiente diligencia administrativa de anulación, corrigiendo el mismo, clasificándolo y categorizándolo como Suelo Urbano Consolidado.
Cuarto.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Salvador Trujillo Morales.
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