BOC - 2007/069. Jueves 5 de Abril de 2007 - 1321

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

1321 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de marzo de 2007, que notifica Resolución de 7 de febrero de 2007, por la que se determina iniciar expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida al beneficiario D. Carlos Enrique Nšbauer Sánchez, en ignorado paradero.- Expte. LPA-06-050.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución nº 200, de fecha 7 de febrero de 2007, del Director General de Promoción Económica, por la que se determina iniciar expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida al beneficiario Carlos Enrique Nšbauer Sánchez 000761549W S.L.N.E., efectuada por oficio nº 1496, con registro de salida de fecha 8 de febrero de 2007, al domicilio que figura en el expediente administrativo de esta Dirección General de Promoción Económica, sin que hubiera podido practicarse por no ser recibida por el interesado a través de carta con acuse de recibo, con entrega fallida por dos veces por los servicios de Correos, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1º) Notificar al beneficiario D. Carlos Enrique Nšbauer Sánchez 000761549W S.L.N.E., la Resolución nº 200, de fecha 7 de febrero de 2007, del Director General de Promoción Económica, cuya parte dispositiva dispone:

Primero.- Iniciar el expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida, mediante Orden de fecha 14 de junio de 2006, al amparo de las Órdenes de fecha 6 de marzo de 2006, de convocatoria y de sus bases reguladoras, a los beneficiarios relacionados en el anexo, al no cumplir las condiciones impuestas en la Resolución de concesión, relativas a la obligación de la realización de la actividad subvencionada, así como de su justificación dentro del plazo establecido, de conformidad con lo dispuesto en las precitadas Órdenes de concesión, convocatoria y bases reguladoras.

Segundo.- Conceder a los beneficiarios relacionados en el anterior anexo un plazo de audiencia de diez días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, en conexión con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.

2º) En el mismo y precitado plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente de esta publicación, el interesado podrá comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la calle León y Castillo, 431, Edificio Urbis, 2ª planta, derecha, de Las Palmas de Gran Canaria, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro de los mencionados actos y dejar constancia del mismo en dicho expediente, haciéndole saber que transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido, o manifestado alegaciones en la audiencia anterior, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, procediéndose a acordar la correspondiente declaración de no exigibilidad de la subvención concedida.

3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4º) Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento correspondiente al domicilio de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de marzo de 2007.- El Director General de Promoción Económica, Aurelio Ayala Fonte.



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