Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2007/069 - Jueves 5 de Abril de 2007

IV. ANUNCIOS
Otras Administraciones
Juzgado de Primera Instancia nš 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Regresar al sumario 1332 EDICTO de 13 de febrero de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nš 0001302/2006.

JUZGADO DE: Primera Instancia nš 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0001302/2006.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Aurora Juana López Villar.

PARTE DEMANDADA: D. Eduardo Hernández Serrano.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de diciembre de 2006.

D. José Antonio Morales Mateo, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nš Uno de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio y reclamación de cantidad nš 1302/2006 seguidos en este Juzgado a instancia de Dña. Aurora López Villar representada por el Procurador Sr. Ramírez Hernández y asistido de la letrada Sra. Torres López contra D. Eduardo Hernández Serrano y ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre Dña. Aurora López Villar y D. Eduardo Hernández Serrano sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, condenándole asimismo a abonar al actor la cantidad de 2.029,14 euros, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 13 de febrero de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de febrero de 2007.- El/la Secretario Judicial.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS