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2007/068 - Miércoles 4 de Abril de 2007

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 511 ORDEN de 19 de marzo de 2007, por la que se procede a la apertura del plazo para la recogida de la documentación presentada por los participantes en la convocatoria de adquisición de la condición de Catedrático, aprobada por Orden de 19 de diciembre de 1991 (B.O.C. nš 172, de 31.12.91).

Vista la necesidad de proceder a la devolución de la documentación del concurso para la adquisición de la condición de Catedrático, convocado por Orden de 19 de diciembre de 1991 y teniendo en cuenta lo siguiente

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 19 de diciembre de 1991, se convocó concurso de méritos para la adquisición de la condición de Catedrático en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Artes Plásticas y Diseño (B.O.C. nš 172, de 31.12.91).

Segundo.- En cumplimiento de lo dispuesto en la base 7.2 de la Orden de convocatoria citada, esta Consejería dictó la Orden de 8 de julio de 1993, por la que se reconocía la condición de Catedrático a los funcionarios seleccionados en el correspondiente procedimiento selectivo (B.O.C. de 19.7.93).

Tercero.- Contra la citada Orden se interpusieron diversos recursos contencioso-administrativos, algunos de los cuales fueron resueltos en sentido estimatorio, lo cual motivó la publicación de la Orden de 30 de octubre de 1996, por la que se dispone el cumplimiento de las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Cuarto.- Una vez cumplimentados los trámites exigidos por la citada Orden de 30 de octubre de 1996 y en ejecución de las sentencias recaídas por los recursos números 819/94, 1.154/92 acumulados al 980/93, 96/94 y 816/94, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, se dicta la Orden de 11 de diciembre de 1996, por la que se reconoce la condición de Catedrático en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Artes Plásticas y Diseño a los funcionarios seleccionados en el concurso de méritos convocado por Orden de 19 de diciembre de 1991, en ejecución de las Sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife (B.O.C. nš 163, de 18.12.96). En el apartado sexto de esta Orden se disponía que la documentación aportada por los participantes en el procedimiento podría ser retirada por los mismos o por persona autorizada durante el mes de marzo de 1997.

Quinto.- Existiendo recursos contencioso-administrativos pendientes de sentencia se dicta la Orden de 20 de febrero de 1997, por la que se demora la devolución de la documentación aportada por los participantes en la convocatoria de adquisición de la condición de Catedrático aprobada por Orden de 19 de diciembre de 1991 (B.O.C. nš 28, de 28.2.97).

Por todo ello, y teniendo en cuenta lo siguiente:

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- El artículo 35, letra c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción actual, recoge el derecho de los ciudadanos, en sus relaciones con la Administraciones Públicas, a la devolución de los documentos que presenten, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.

De acuerdo con todo lo anterior, una vez resueltos los procedimientos judiciales en tramitación, se procede a la devolución de documentación original aportada por los participantes en el mencionado procedimiento.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas en el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nš 11, de 30.4.83), el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nš 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nš 148, de 1.8.06),

D I S P O N G O:

Primero.- Abrir un plazo de tres meses, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, para la recogida de la documentación original aportada por los participantes en el concurso de méritos para la adquisición de la condición de Catedrático, convocada por Orden de 19 de diciembre de 1991. Si la referida documentación no fuese retirada en el plazo señalado, se entenderá que el interesado renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho, en cuyo caso, se procederá a su destrucción.

Segundo.- Con el objeto de facilitar la recogida de la documentación los interesados podrán pasar a retirarla en la Dirección Territorial u Oficina Insular correspondiente, de acuerdo con su último destino. La recogida de la documentación se podrá realizar personalmente o por persona debidamente autorizada.

Tercero.- Se faculta a la Dirección General de Personal para dictar las instrucciones oportunas a las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, sobre la devolución de la documentación presentada por los participantes en la mencionada convocatoria.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2007.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

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