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BOC Nº 064. Jueves 29 de Marzo de 2007 - 475

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

475 - Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Resolución de 20 de marzo de 2007, del Director, por la que se convoca el Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias 2007.

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El Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias tuvo su primera convocatoria en el año 2001, desde entonces ha venido consolidándose como una de las más firmes referencias para el reconocimiento a la labor de producción y elaboración de vinos de calidad y como instrumento de la Administración para cumplir con los objetivos que le son propios.

La finalidad perseguida con la organización de este evento, es:

- Mejorar y activar la producción y elaboración de vinos de gran calidad, valorando la actividad del hombre conjugada con los factores naturales del medio y el respeto a la naturaleza.

- Dar a conocer en el comercio y entre los consumidores la riqueza vitivinícola de las islas y, en particular, de los vinos premiados, para que el esfuerzo y el arte aplicados en su elaboración sean difundidos debidamente.

- Contribuir a la propagación de la cultura del vino y del consumo razonable de esta bebida con cualidades tan positivas para la salud y el disfrute personal.

- Estimular la mejora de la tecnología en el viñedo y en las bodegas de las diferentes zonas productoras para alcanzar mayores niveles de calidad.

En los últimos años los concursos de vinos han experimentado un gran auge, siendo evidente el aprovechamiento que se obtiene de la mención de los premios o galardones obtenidos en el etiquetado particular de los vinos con ellos distinguidos; menciones que se encuentran condicionadas por lo establecido en el reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.

A tal motivo obedece la organización del Concurso Oficial de Vinos "Agrocanarias 2007", que viene a dar cumplimiento, además, a los objetivos encomendados al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria por su ley de creación (Ley 1/2005, de 28 de abril) cuyo artículo 2.2, apartado c), le atribuye como funciones propias la promoción de los productos agrarios y agroalimentarios originarios de Canarias.

La organización de este concurso cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1.679/1999, de 29 de octubre, por el que se regulan los concursos oficiales y concursos oficialmente reconocidos de vinos, así como con la legislación comunitaria aplicable en la materia, en especial el citado Reglamento (CE) 1493/1999, y el Reglamento (CE) 753/2002, de la Comisión, de 29 de abril, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.

Por ello, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 7.2, apartado l), de la Ley 1/2005, de 28 de abril, de creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el Concurso Oficial de Vinos "Agrocanarias 2007", a celebrar en su fase de precata el día 24 de abril y, en su fase final, el día 25 de abril de este año.

Segundo.- Aprobar las bases por las que se rige la presente convocatoria y que aparecen recogidas en anexo a esta resolución.

Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente convocatoria.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso de reposición, ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que estimen oportuno.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de marzo de 2007.- El Director, Rodolfo Ríos Rull.

A N E X O

BASES CONVOCATORIA CONCURSO OFICIAL VINOS "AGROCANARIAS 2007".

Base 1.- Ámbito.

El Concurso Oficial de Vinos "Agrocanarias 2007" está abierto a todos los vinos de calidad producidos en regiones determinadas (v.c.p.r.d.), elaborados y embotellados en Canarias.

Base 2.- Inscripción.

1. Todas aquellas bodegas que elaboren y embotellen vinos de Canarias bajo alguna de las Denominaciones de Origen reconocidas en Canarias, podrán presentarse al Concurso, para todas y cada una de las categorías de vinos recogidas en el anexo A de estas bases. Dentro de una categoría se podrán presentar diferentes vinos con la misma marca, siempre que el etiquetado indique diferencias en la elaboración.

2. Cada participante deberá cumplimentar la correspondiente ficha de inscripción que figura como anexo B a estas bases, y presentará tantas fichas como vinos presente a concurso. A la ficha de inscripción se acompañará:

- Una muestra de los vinos presentados a concurso, en los términos señalados en la base 4.

- Certificado del Consejo Regulador que acredite el cumplimiento de lo establecido en el último párrafo de la base 4.2.

- Certificado del Consejo Regulador del proceso de calificación de los vinos, y Boletín Oficial de análisis facilitado por la bodega que incluirá, al menos, las siguientes determinaciones:

· Grado alcohólico a 20 grados centígrados: Vol %.

· Azúcares reductores: g/l.

· Acidez total: meq/l.

· Acidez volátil: meq/l.

· Dióxido de azufre (SO2) total: mg/l.

- Dos originales de la etiqueta comercial que acompaña al vino presentado a concurso.

Los interesados podrán resolver sus dudas u obtener información sobre el Concurso en el teléfono (922) 477105, o en la dirección de correo electrónico rlozrod@gobiernodecanarias.org

Base 3.- Requisitos.

Los vinos presentados a concurso deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Disponer de marca comercial presente en el mercado.

- Estar dispuestos para su comercialización en el momento de la inscripción.

- Ajustarse a la legislación y normativa vigente para el sector.

- Pertenecer a la cosecha 2005 ó 2006, excepto para los tipos de vino siguientes: dulces, malvasías dulces, de licor, crianzas y reservas.

Base 4.- Muestras.

1. Por cada vino inscrito, se deberá presentar una muestra de vino consistente en un mínimo de 5 botellas de 0,75 litros, o, 7 botellas de 0,50 litros. Las botellas serán remitidas con su etiquetado completo.

2. La muestra presentada procederá de un lote homogéneo, cuyas existencias en bodega, en el momento de la recogida, serán las siguientes:

- Para los vinos de la categoría A, al menos 3.750 litros, de los cuales se han de encontrar embotellados y etiquetados al menos 1.500 litros, en el momento de la recogida de muestras.

- Para los vinos de la categoría B, al menos 1.000 litros, de los cuales se han de encontrar embotellados y etiquetados al menos 400 litros, en el momento de la recogida de muestras.

3. Las muestras, junto con la ficha de inscripción y los documentos a que se refiere la base 2.2, habrán de recibirse antes de las 14,00 horas del día 13 de abril en la siguiente dirección:

Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, Servicio de Fomento y Promoción de la Calidad, Carretera del Boquerón, s/n, ICIA Finca Isamar, 38003-Valle Guerra, La Laguna.

4. Las muestras recibidas con posterioridad perderán el derecho a participar en el concurso.

Base 5.- Recogida de muestras.

1. El período de recogida de muestras será establecido por cada Consejo Regulador. Los interesados en participar en el Concurso habrán de ponerse en contacto con el Consejo Regulador de la Denominación de Origen de la comarca vitivinícola a la que pertenezca la bodega, a fin de que el personal de los mismos realice la recogida de muestras.

2. Los Consejos Reguladores serán los encargados de coordinar la recepción de las muestras y el envío de las mismas a la dirección señalada en la base 4.3.

Base 6.- Jurado.

1. Se constituirá un jurado que garantizará el cumplimiento de la presente resolución y velará por el perfecto desarrollo de la preparación y examen organoléptico de las muestras y la comunicación de los resultados. A estos efectos estará auxiliado por el personal del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.

2. El Jurado estará compuesto por:

- Un Presidente, que lo será el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.

- Un Director Técnico que lo será el presidente del Comité de Calificación de Vinos de Canarias.

- Un Secretario, con voz y voto, que lo será el Secretario del Comité de Calificación de Vinos de Canarias.

- Vocales, en número que se determinará por el Director del Concurso, en representación de los Consejos Reguladores, de las organizaciones profesionales agrarias, del sector de la hostelería, de los medios de comunicación, etc.

Base 7.- Funciones del Director técnico del Concurso.

1. El Director técnico del Concurso decidirá el número de jurados-catadores en función de las muestras inscritas y designará los miembros de cada uno de ellos. Serán elegidos de entre expertos catadores y/o miembros del Comité de Calificación de Vinos de Canarias, teniendo en cuenta las diferentes comarcas vitivinícolas. Cada jurado-catador estará compuesto por, al menos, siete miembros.

2. El Director técnico del Concurso verificará la constitución de los jurados-catadores, la organización de las sesiones de cata, tanto el orden en que serán presentados los vinos como el número de muestras que serán sometidas a examen.

3. Adoptará los medios de control adecuados que garanticen la correcta identificación de las muestras, su correcta presentación, el anonimato de las mismas, la correcta cumplimentación de las fichas de cata, su recogida y posterior tabulación garantizando el secreto de los resultados hasta el momento de su proclamación, así como el anonimato de los vinos no premiados, y en general cualquier otra medida tendente al cumplimiento de las presentes bases.

4. Podrá rechazar las botellas de vinos defectuosos, a petición de tres o más catadores o por decisión propia. En caso de que el defecto pueda ser atribuido al corcho u otras circunstancias específicas del envase, podrá ordenar la repetición de la evaluación sensorial de la muestra.

Base 8.- Calendario de catas.

1. Los vinos pertenecientes a la categoría A y los de los grupos de la categoría B en que participen más de 10 muestras serán evaluados en fase previa, donde los catadores seleccionarán para la fase final los mejor puntuados.

2. La cata se realizará en las instalaciones habilitadas para ello por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria y en las siguientes fechas:

- Fase previa de cata comenzará a las 10,30 horas del día 24 de abril.

- Fase final, comenzará a las 10,30 horas del día 25 de abril.

Base 9.- Catas.

1. Las catas de los vinos serán públicas y se realizarán por el sistema denominado de "cata ciega". Para la evaluación de los vinos presentados al Concurso se utilizarán las fichas aprobadas por el Director técnico del Concurso.

2. Cada vino será presentado según el orden que determine el Director del Concurso. Cada catador cumplimentará la ficha de cata relativa a muestra presentada, firmándola en el lugar correspondiente.

3. El Director técnico del Concurso establecerá las pausas necesarias entre sesiones para que los catadores dispongan de un descanso suficiente.

Base 10.- Transcripción y cálculo de los resultados.

1. La organización del concurso tabulará todas las valoraciones asignadas en las fichas de cata por cada uno de los catadores. A cada muestra se le asignará una calificación en cifras. Para la obtención de la puntuación final de cada muestra se calculará la mediana de la serie de puntuaciones otorgadas por cada catador, en caso de empate se valorará teniendo en cuenta la media.

2. Además de la organización, sólo podrán tener acceso a la tabulación de los resultados los miembros del Jurado.

Base 11.- Atribución de premios.

1. Una vez tabuladas las valoraciones de los catadores, el Jurado, reunido al efecto con la asistencia del Presidente y el Secretario, otorgará los premios a que se refiere el siguiente apartado.

2. Las distinciones otorgadas, atribuidas de acuerdo a las puntuaciones siguientes, son:

a) Para los vinos de la categoría A:

- Una Gran Medalla de Oro al vino con mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 15 puntos.

- Dos Medallas de Oro a los vinos con mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 25 puntos.

- Dos Medallas de Plata a los vinos con mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 35 puntos.

b) Para los vinos de la categoría B:

- Gran Medalla de Oro "Malvasía Dulce de Canarias" al vino malvasía dulce que haya obtenido una mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 15 puntos.

- Una Medalla de Oro, al vino que haya obtenido mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 25 puntos.

- Una Medalla de Plata, al vino que haya obtenido mejor puntuación, siempre que ésta sea inferior a 35 puntos.

3. El Jurado concederá una Distinción Especial al "Mejor Vino de Canarias 2007" para el vino con mejor puntuación que, de entre los distintos premiados, represente mejor la excelencia en la producción.

4. Cada distinción ira acompañada de un Diploma acreditativo expedido por el Presidente del Concurso como comprobante de la misma, que consignará la identificación de la muestra de vino y de su productor.

5. Quedarán desiertos los premios correspondientes a los tipos de vinos en los que participen menos de cinco vinos, así como los premios en los que los vinos obtengan una puntuación superior a las establecidas para cada premio.

Base 11.- Premio especial "Imagen y Presentación".

De entre todas las muestras de etiquetas que acompañan a los vinos admitidos a concurso, el Jurado concederá un premio a la "Mejor imagen y presentación".

Base 12.- Mención de las distinciones.

1. Las bodegas embotelladoras podrán hacer uso del distintivo oficial del premio para el lote de su vino premiado de conformidad con lo establecido por la legislación vigente.

2. El Presidente del Concurso podrá retirar la distinción a un vino premiado cuya elaboración, presentación o etiquetado no sea conforme a las disposiciones legales vigentes.

Base 13.- Conformidad con las bases del concurso.

1. La ficha de inscripción firmada por el representante de la bodega, necesaria para participar en este Concurso, lleva implícito por parte del concursante el acatar las bases establecidas en esta resolución.

2. El resultado del concurso será inapelable.

A N E X O A

Las categorías y grupos que se establecen en este Concurso son:

CATEGORÍA A:

· Grupo 1: Vinos blancos secos jóvenes. Vinos blancos fermentados en barrica.

· Grupo 2: Vinos tintos jóvenes. Vinos tintos maceración carbónica. Vinos tintos pasados por barrica de roble.

CATEGORÍA B:

· Grupo 1: Vinos blancos semisecos.

· Grupo 2: Vinos blancos semidulces.

· Grupo 3: Vinos dulces.

· Grupo 4: Vinos de licor.

· Grupo 5: Vinos malvasías dulces.

· Grupo 6: Vinos de tea.

· Grupo 7: Vinos espumosos.

· Grupo 8: Vinos de crianza.

· Grupo 9: Vinos de reserva.

Ver anexos - página 6832

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