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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, en el recurso contencioso-administrativo nº 32/2007, interpuesto por la Congregación Religiosa María Inmaculada contra la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 15 de diciembre de 2006 (B.O.C. nº 12, de 17.1.07), por la que se resuelve la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclos Formativos de Grado Medio y Bachillerato.
Dado que el acto objeto de la impugnación podría afectar a una pluralidad de administrados por determinar, supuesto subsumible en lo dispuesto en el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V E:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, del expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo nº 32/2007 Procedimiento Ordinario, interpuesto por la Congregación Religiosa María Inmaculada contra la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 15 de diciembre de 2006 (B.O.C. nº 12, de 17.1.07), por la que se resuelve la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclos Formativos de Grado Medio y Bachillerato.
Segundo.- Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el recurso contencioso-administrativo que se tramita como Procedimiento Ordinario nº 32/2007 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera con sede en Santa Cruz de Tenerife, para que puedan personarse ante la mencionada Sala en el plazo de nueve días, a partir de la publicación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de 2007.- El Director General de Promoción Educativa, Rafael Juan González Robayna.
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