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BOC Nº 055. Viernes 16 de Marzo de 2007 - 983

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de 1ª Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de La Laguna

983 - EDICTO de 31 de julio de 2006, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000079/2006.

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Dña. María Mercedes Santana Rodríguez, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de La Laguna y su Partido:

Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de La Laguna y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000079/2006, seguidos a instancia de D. Humberto García Casanova, representado por la Procuradora Dña. Carmen Luisa Cruz Núñez, y dirigido por la letrada Dña. Verania Romero Concepción, contra Dña. Hanndreu Thomsen, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que estimando en su totalidad, la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Carmen Luisa Cruz Núñez actuando en nombre y representación de D. Humberto García Casanova asistido por la Letrada Dña. Verania Romero Concepción contra Dña. Hannchen Thomsen, rebelde en estos autos y en su consecuencia debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado por falta de pago de las rentas y a la resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes, en su virtud, condeno a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a que desaloje, deje libre y a disposición del actor la vivienda sita en calle La Alta, Edificio Fonseca, 2º, puerta 6, Urbanización Vernetta, Bajamar, La Laguna, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal, todo ello con expresa imposición de costas en esta instancia a la demandada vencida en esta primera instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella se puede interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, recurso que habrá de prepararse ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Laguna, a 31 de julio de 2006.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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