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HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado auto de homologación, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de La Laguna y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000315/2005, seguidos a instancia de D. Antonio Gil Rodríguez, representado por la Procuradora Dña. Elena Lara Rodríguez, y dirigido por el Letrado D. Rolando Rodríguez Gil, contra D./Dña. Salvador Games Montesinos y María del Mar Silvera Mascareño, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.
FALLO:
1.- Se homologa la transacción judicial acordada entre la parte demandante D. Antonio Gil Rodríguez y la parte demandada D./Dña. Salvador Games Montesinos y María del Mar Silvera Mascareño, en los términos expuestos en la comparecencia de la cual se adjunta testimonio de la misma al presente.2.- Se declara finalizado el presente proceso.
Esta resolución no es firme contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Laguna, a 15 de mayo de 2006.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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