BOC - 2007/053. Miércoles 14 de Marzo de 2007 - 935

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de La Laguna

935 - EDICTO de 6 de febrero de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000429/2005.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a treinta de enero de dos mil siete.

Vistos por Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de este partido judicial los presentes autos de Juicio Ordinario nº 429/05 sobre acción declarativa de medianería y negatoria de servidumbre de luces y vistas, seguidos a instancia del Procurador Sr. Obón Rodríguez en representación de Dña. María Asunción Perera Alonso y dirigido por el Letrado D. Rafael Perera Alonso contra D. Álvaro Cairós Alonso, D. Marco Antonio Díaz Suárez y herederos de Dña. Antonia Perera Díaz, representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Lara Rodríguez y dirigidos por Letrado D. Marco Antonio de Armas.

Ha pronunciado la siguiente

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por Dña. María Asunción Perera Alonso contra los demandados D. Álvaro Cairós Alonso y D. Marco Antonio Díaz Suárez, absolviendo a éstos de todos los pedimentos de contrario. Se condena en costas a la parte actora.

Esta Sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer en el plazo de cinco días recurso de apelación, que se preparará ante este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el mismo Juez que la suscribe hallándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Herederos Desconocidos e Inciertos de Dña. Antonia Perera Díaz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En La Laguna, a 6 de febrero de 2007.- El/la Secretario.



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