BOC - 2007/053. Miércoles 14 de Marzo de 2007 - 926

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

926 - Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de marzo de 2007, que somete a información pública el Proyecto Modificado de Puerto en el municipio de Puerto de la Cruz (Tenerife).

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Incoado por la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda el procedimiento de construcción del proyecto modificado de puerto en el municipio de Puerto de la Cruz (Tenerife) y a los efectos de lo dispuesto en el artº. 28.3 de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico y en el artº. 3 del Real Decreto Legislativo 1.302/1986, modificado por la Disposición Final Primera de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, así como de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, se acuerda el sometimiento del proyecto junto con el estudio de impacto ambiental dentro del procedimiento de autorización y realización del proyecto al trámite de información pública durante el plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo presentarse cuantas alegaciones y observaciones motivadas se estimen oportunas, que deberán versar sobre la infraestructura portuaria así como todas aquellas que tengan relación con la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico.

A estos efectos, cumplimentando la información que debe otorgarse al público sobre los aspectos relevantes relacionados con el procedimiento de utilización del proyecto se informa de lo siguiente:

a) El procedimiento ha sido incoado de oficio por la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda.

b) El proyecto está sujeto a evaluación de impacto con la categoría de Evaluación de Impacto Ambiental.

El proyecto modificado de puerto en el municipio de Puerto de la Cruz (Tenerife) tiene por objeto la definición de las obras de infraestructuras marinas necesarias que resultan de modificar "proyecto de puerto en el municipio de Puerto de la Cruz (Tenerife). Febrero 2001", que fue sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, emitiéndose por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias el día 30 de noviembre de 2005, la Declaración de Impacto Ambiental que resultó ser condicionada y de carácter vinculante, y a informe vinculante de la Dirección General de Costas, de fecha 17 de enero de 2006, que resultó desfavorable.

Como quiera que la Dirección General de Costas, emite informe desfavorable y la Declaración de Impacto Ambiental resultó ser condicionada y ambos informes son vinculantes, ha sido preciso adaptar al proyecto inicial: "proyecto de puerto en el municipio de Puerto de la Cruz. Febrero 2001", a las condiciones impuestas por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (C.O.T.M.A.C.) y las de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, resultando un proyecto con modificaciones sustanciales de carácter técnico, por lo que se procede a remitir el proyecto a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

c) El órgano competente para resolver el procedimiento será la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

El proyecto se remitirá al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz y al Cabildo Insular de Tenerife a los efectos de información pública y emisión de los informes correspondientes.

d) Naturaleza de las decisiones o, en su caso, de los borradores o proyectos de decisiones que se vayan a adoptar:

El proyecto modificado de puerto en el municipio de Puerto de la Cruz (Tenerife), introduce modificaciones sustanciales de carácter técnico, y se ajusta al ámbito estudiado en el proyecto inicial, adoptando las previsiones y resultado de dinámica litoral solicitados por la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente y las determinaciones solicitadas en el condicionado nº 5 de la citada Declaración de Impacto Ambiental.

El proyecto incluye como consecuencia, un estudio de nuevas alternativas de configuración en planta del puerto que cumplen los requerimientos de la Dirección General de Costas, desarrollando como alternativa, la más descrita en el proyecto, con el objetivo fundamental de evitar toda afección a las playas anexas. Además el proyecto modificado incluye las medidas correctoras, el plan de vigilancia ambiental y estudios derivados del cumplimiento del condicionado ambiental que estaban en el proyecto inicial, y nuevas medidas, así como la valoración ambiental de los impactos de las nuevas actuaciones cuyo resultado global ha sido considerado por el evaluador como nada significativo.

El proyecto recoge la valoración ambiental de los impactos de las nuevas actuaciones.

Durante el plazo de información pública, ejemplares en papel de este proyecto con su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, y la documentación recogida con arreglo al artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1.302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Disposición Final de la Ley 9/2006, de 28 de abril, y la relevante recibida por el órgano sustantivo con anterioridad al trámite de esta información pública, se encontrarán expuestos al público en las oficinas del Área de Puertos de la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación, en Santa Cruz de Tenerife, sito en la calle La Marina, 16, bajo, así como en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz y en el Cabildo Insular de Tenerife.

e) Modalidades de participación: durante el plazo expresado de 30 días hábiles a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, las alegaciones y observaciones motivadas oportunas, durante el trámite de información pública, que deberán versar sobre esta infraestructura portuaria y todas aquellas que tengan relación con la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, se presentarán en formato papel.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 2007.- El Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación, Gregorio Guadalupe Rodríguez.



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