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BOC Nº 037. Martes 20 de Febrero de 2007 - 606

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

606 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Anuncio de 30 de enero de 2007, por el que se notifica la Resolución de 27 de diciembre de 2006, que inicia expediente de reintegro total a Dña. Carmen Dolores García Hernández por renuncia a la beca de movilidad.

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Intentada la notificación de la Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de fecha 27 de diciembre de 2006 en el domicilio que figura en el expediente de la beneficiaria y no habiéndose podido practicar, se procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a notificar mediante la publicación del presente anuncio, cuyo tenor literal es el siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Visto el informe propuesta formulado por el Servicio de Apoyo a la Investigación relativo al inicio del expediente de reintegro total de una beca complementaria de movilidad concedida a Dña. Carmen Dolores García Hernández.

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 8 de noviembre de 2004 (B.O.C. nº 230, de 25.11.04) se le concedió a Dña. Carmen Dolores García Hernández una beca para la movilidad de estudiantes universitarios en la Unión Europea y Países Asociados dentro del programa Sócrates/Erasmus en el curso académico 2004/2005, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 12 de julio de 2004 (B.O.C. nº 147, de 30 de julio), por la que se aprueban las bases que rigen la convocatoria de estas becas y ayudas.

Segundo.- De conformidad con la base decimoctava de la Orden de convocatoria, la beneficiaria está obligada a realizar la actividad que motivó la concesión de la beca y/o ayuda complementaria en los términos de la Resolución de concesión y a justificar su realización en los plazos establecidos.

Tercero.- De conformidad con la base decimoséptima de la citada Orden, la beneficiaria debe aportar certificado expedido por el responsable oficial del centro de destino en el que consten el período de duración de la estancia, fecha de incorporación y fecha de finalización, original o copia cotejada, en el plazo máximo hasta el 31 de agosto de 2005.

Cuarto.- La beneficiaria ha percibido la cantidad de ochocientos (800) euros, correspondiente a una beca de 5 meses de estancia en la Universitá Tor Vergata (Italia).

Quinto.- Con fecha 22 de noviembre de 2004 la beneficiaria presenta renuncia a la beca complementaria de movilidad.

Sexto.- Intentada, sin haberse podido practicar, la notificación del requerimiento de devolución de la cantidad percibida (800 euros), se procedió a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 221, de 14 de noviembre de 2006, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De conformidad con el apartado 2 de la base decimoquinta de la Orden de convocatoria que establece "la renuncia a las becas y ayudas comportará la obligación de devolver las cantidades recibidas por este concepto".

Segundo.- A tenor del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, procede la obligación de devolver la cantidad recibida y no justificada (800 euros).

En virtud de las competencias delegadas y de conformidad con lo previsto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Iniciar, por las causas mencionadas, el procedimiento de reintegro total por importe de ochocientos (800) euros de la beca complementaria de movilidad que le fue concedida a Dña. Carmen Dolores García Hernández, con D.N.I. nº 78510175C mediante Resolución de 8 de noviembre de 2004 (B.O.C. nº 230, de 25.11.04), más el interés legal de demora devengado desde el momento del abono y sin perjuicio de las demás responsabilidades a que dicho incumplimiento pudiera dar lugar en aplicación de la legislación vigente.

Segundo.- Conceder a la beneficiaria de la subvención un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de la presente Resolución, para que pueda comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista del mismo, proponer pruebas y realizar las alegaciones que tenga por convenientes. Concluido este trámite y vistas las actuaciones practicadas se dictará la Resolución que corresponda.

Tercero.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03), el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de doce meses desde la fecha del Acuerdo de iniciación. Dicho plazo podrá suspenderse y ampliarse de acuerdo con lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La falta de resolución expresa en el plazo citado producirá la caducidad del procedimiento y dará lugar al archivo de las actuaciones practicadas, sin perjuicio del derecho de la Administración a iniciar un nuevo procedimiento de reintegro.

Cuarto.- Notifíquese el presente Acuerdo al interesado haciéndole saber que contra el mismo no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de que, conforme a lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, y sin perjuicio de la posibilidad de recurrirla.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2007.- El Director General de Universidades e Investigación, Gonzalo Marrero Rodríguez.

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