Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 019. Jueves 25 de Enero de 2007 - 257

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

257 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 3 de enero de 2007, de la Directora, relativo a notificación de Propuesta y resolución justificación 2ª anualidad en relación con la justificación de la entidad Sociedad Cooperativa Artesanal de Mujeres de Valsequillo La Tía Claudina.- Expte. nº 04-35/01450.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Propuesta y Resolución justificación 2ª anualidad en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 28 de noviembre de 2006 fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de Dña. Felicitas Isidora Rodríguez Jiménez y Dña. Beatriz Ravelo Rodríguez en calidad de Presidenta del Consejo Rector y Secretaria del Consejo Rector y en representación de la entidad Sociedad Cooperativa Artesanal de Mujeres de Valsequillo La Tía Claudina.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que por Resolución nº 04-35/3081 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 16 de diciembre de 2004 se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el programa "artº. 2.1 (Incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales)", de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04, corrección de errores en el B.O.E. nº 65, de 16.3.04), por importe de doce mil (12.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2004.23.01.322I.470.21 L.A./P.I. 23400601, denominación "Desarrollo de la Economía Social".

Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo número tercero de la citada Resolución y en los mismos términos en el artº. 10, de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04, corrección de errores en el B.O.E. nº 65, de 16.3.04).

Tercero.- Que la entidad aportó la documentación exigida, considerándose convenientemente justificada la subvención de la segunda anualidad parcialmente por el centro gestor e informada favorablemente por la Intervención Delegada en el Servicio Canario de Empleomediante escrito de 17 de noviembre de 2006 y nº 3423.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el ICFEM y se establecen normas procedimentales.

Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención Delegada y del centro gestor procede declarar justificada parcialmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes de general aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Declarar justificada parcialmente, dado que se dio de baja una socia trabajadora de la entidad, la segunda anualidad de la subvención concedida a la entidad Sociedad Cooperativa Artesanal de Mujeres de Valsequillo La Tía Claudina mediante Resolución nº 04-35/3081 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 16 de diciembre de 2004, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de enero de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

© Gobierno de Canarias