Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 019. Jueves 25 de Enero de 2007 - 250

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

250 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 21 de diciembre de 2006, relativa al registro, depósito y publicación de los Acuerdos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo entre la empresa Las Afortunadas, S.A. y los trabajadores a su servicio.

Descargar en formato pdf

Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo entre la empresa Las Afortunadas, S.A. y los trabajadores a su servicio, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre depósito y registro de Convenios Colectivos, y el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 39/2005, de 16 de marzo (B.O.C. nº 63, de 31.3.05), esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2006.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

ACTA CONSTITUTIVA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA LAS AFORTUNADAS, S.A. Y LOS TRABAJADORES A SU SERVICIO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2006, se reúnen en el domicilio social de la empresa Las Afortunadas, S.A., los señores siguientes:

En representación de la empresa Las Afortunadas, S.A.:

- D. Manuel González Hernández.

En representación de los Delegados de Personal:

- D. Pedro de León Franquis.

- D. Juan Gregorio Martín Hernández.

Abierta la sesión, los comparecientes se reconocen mutuamente su legitimación y capacidad para negociar el convenio, y a tal efecto

ACUERDAN:

Constituirse en Comisión Negociadora para negociar el convenio por el que en adelante se van a regir las relaciones entre la empresa Las Afortunadas, S.A. y los trabajadores a su servicio, que afecta a todos los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma Canaria.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

ACTA FINAL DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA LAS AFORTUNADAS, S.A. Y LOS TRABAJADORES A SU SERVICIO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 4 de agosto de 2006, se reúnen en el domicilio social de la empresa Las Afortunadas, S.A., los siguientes señores:

En representación de la empresa Las Afortunadas, S.A.:

- D. Manuel González Hernández.

En representación de los Delegados de Personal:

- D. Pedro de León Franquis.

- D. Juan Gregorio Martín Hernández.

Abierta la sesión, las partes muestran su satisfacción por el desarrollo de las negociaciones que han posibilitado el acuerdo necesario para la firma del presente Acuerdo y en tal sentido

ACUERDAN:

Primero.- Acordar por unanimidad integrarse en el Convenio General del Sector de la Construcción 2002-2006, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 191, de 10 de agosto de 2002 y en virtud de lo establecido en el Convenio Colectivo de esta empresa, en el que se establece la aplicación como norma supletoria el Convenio Colectivo de la Construcción de la provincia en que radique el centro de trabajo afectado.

Segundo.- Proceder a la firma del Acuerdo, en prueba de su aprobación y autorizar a D. Manuel González Hernández para que realice cuantas gestiones sean pertinentes a fin de, en representación de la Comisión Negociadora, solicitar y obtener de la autoridad laboral competente, el registro, depósito y publicación del Acuerdo.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

© Gobierno de Canarias