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BOC Nº 019. Jueves 25 de Enero de 2007 - 131

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

131 - ORDEN de 13 de enero de 2007, por la que se delega la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparen gastos de personal de la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- El artículo 24.c) de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007 (B.O.C. nº 252, de 30.12.06), atribuye a los titulares de departamentos la competencia para autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal de la citada Agencia, conforme a lo establecido en el artículo 36.2, apartados a), b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I de la citada Ley, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

Segundo.- Circunstancias de índole técnica (derivadas de la dificultad de compatibilizar la firma del titular del Departamento con el desempeño de otras de sus funciones que, con relativa frecuencia, le obligan a ausentarse de la sede de la Consejería), recomiendan que se proceda a la delegación de la referida competencia en cuanto se refiere a los créditos del citado Organismo Autónomo, para conseguir mayor agilidad en su modificación.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 11, de 30.4.03), el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), y el Decreto 58/2005, de 20 de mayo, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 99, de 21.5.05),

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar, en el Director de la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, el ejercicio de la competencia consistente en autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal de la propia Agencia, a que se refiere el artículo 24.c) de la Ley 12/2006.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y durante el ejercicio presupuestario de 2007.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándose que en el caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otro que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de enero de 2007.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

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