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R E S U E L V O:
Notificar a Hermanos Santana Cazorla, S.L. la Resolución nē 3474 de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 19 de diciembre de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia R.P. 1826/2005, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Imponer a la entidad Hermanos Santana Cazorla, S.L. una multa de treinta mil (30.000) euros, como responsable de una infracción medioambiental, tipificada y clasificada de grave en el artículo 38.3.b) de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, consistente en la eliminación incontrolada de residuos, mediante la quema de sacos de mortero, cemento, plásticos, maderas, latas de pintura y restos agrícolas, en el lugar conocido como Barranco de Fataga, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana.
Notificar la presente Resolución a la infractora y demás interesados, advirtiéndoles de que contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, el pertinente recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artē. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva."
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de enero de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
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