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BOC Nº 009. Viernes 12 de Enero de 2007 - 148

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

148 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 12 de diciembre de 2006, relativo al depósito de documentación sobre la constitución de la Asociación Mercadillo del Agricultor de Tacoronte.

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 39/2005, de 16 de marzo (B.O.C. nº 63, de 31.3.05); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:

DENOMINACIÓN: Asociación Mercadillo del Agricultor de Tacoronte.

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: Carretera Nueva Mercadillo del Agricultor de San Juan, s/n, Tacoronte, 38350-Tacoronte, Tenerife.

ÁMBITO FUNCIONAL: podrán ser miembros de la asociación:

1º) Las personas físicas, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación que sean agricultores, ganaderos y artesanos reposteros pertenecientes a la comarca Tacoronte-Acentejo y que así lo manifiesten.

2º) Los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.

3º) Las personas jurídicas que se dediquen a la agricultura, ganadería y artesanía repostera o de productos derivados de la agricultura en cualquiera de sus variantes, siempre y cuando los productos sean de la zona de actuación de la asociación, salvo que en el reglamento interno se regule alguna excepción.

FIRMANTES DE LA SESIÓN: D. Hermógenez Pérez Acosta y D. Jaime Dorta García.

Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2006.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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