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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de septiembre de 2006.
Vistos por Dña. María Luisa Moreno Vera Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de juicio ordinario por reclamación de cantidad, seguidos ante este juzgado con el nº 1834/2005, a instancia de la entidad Santander Consumer Finance, S.A. representada por la procuradora de los tribunales Dña. Acacia Pilar Teixeira Cruz y bajo la dirección jurídica de la letrada Dña. María Luisa Pereyra Miranda, contra D. Gabriel Suárez Mendoza en situación de rebeldía procesal, y contra Dña. Ana María Sánchez Rowley representada por el procurador de los tribunales D. Francisco de Bethencourt Manrique de Lara y bajo la dirección jurídica del letrado D. José Mateo Faura, versando los autos sobre reclamación de cantidad, y
FALLO
Que estimando como estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales Dña. Acacia Pilar Teixeira Cruz, en nombre y representación de la entidad Santander Consumer Finance, S.A., contra D. Gabriel Suárez Mendoza en situación de rebeldía procesal, y contra Dña. Ana María Sánchez Rowley representada por el procurador de los tribunales D. Francisco de Bethencourt Manrique de Lara, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente al pago de la cantidad de 5.595,12 euros, más intereses, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho quinto; con expresa imposición a los demandados de las costas procesales causadas.
Contra la presente podrán las partes interponer recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de la presente.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: la anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada en el día de la fecha por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública; de lo que doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Gabriel Suárez Mendoza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2006.- El/la Secretario.
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