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2006/249 - Miércoles 27 de Diciembre de 2006

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Regresar al sumario 4772 Dirección General de Estructuras Agrarias.- Anuncio de 19 de diciembre de 2006, por el que se hace pública la Resolución de 19 de diciembre de 2006, que modifica la Resolución de 9 de noviembre de 2006, que ampliaba los plazos establecidos en el apartado séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2006, por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden de 2 de diciembre de 2005, que convoca de forma anticipada para el año 2006, las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias (B.O.C. nš 221, de 14.11.06).

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del anuncio de 19 de diciembre de 2006, por el que se hace pública la Resolución de 19 de diciembre de 2006, del Director General de Estructuras Agrarias, por la que se modifica la Resolución de 9 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Estructuras Agrarias (B.O.C. nš 221, de 14.11.06), por la que se ampliaban los plazos establecidos en el apartado séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2006, del Director General de Estructuras Agrarias, por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias (B.O.C. nš 141, de 21.7.06).

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2006.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

A N E X O

Resolución de 19 de diciembre de 2006, del Director General de Estructuras Agrarias, por la que se modifica la Resolución de 9 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Estructuras Agrarias (B.O.C. nš 221, de 14.11.06), por la que se ampliaban los plazos establecidos en el apartado séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2006, del Director General de Estructuras Agrarias, por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias (B.O.C. nš 141, de 21.7.06).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 9 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Estructuras Agrarias (B.O.C. nš 221, de 14.11.06), se ampliaron los plazos de ejecución y de justificación que se habían establecido en el apartado séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2006, del Director General de Estructuras Agrarias, por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias, fijándose en el 20 de diciembre de 2006 la fecha límite para la realización de la actividad subvencionada y en el 30 de diciembre de 2006 para la presentación de la documentación justificativa y de justificación.

Segundo.- A través de la Orden de 7 de diciembre de 2006, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, se han ampliado los plazos de ejecución y de justificación establecidos en el apartado 2 de las bases 7 y 10 de la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias, de tal manera que se dispone que el plazo de ejecución de la actividad será el que se fije en la resolución de concesión y no podrá superar el 23 de abril de 2007, así como que el de justificación también se determinará en la resolución de concesión sin que supere el 30 de abril de 2007.

Tercero.- Teniendo en cuenta las situaciones inconvenientes que han caracterizado esta convocatoria, así como el retraso con que hubo que dictar su resolución, y considerando que la necesidad de ejecutar con eficacia los créditos de los Fondos FEDER y FEOGA-O asignados a las medidas 7.5 y 7.9 del Programa Operativo Integrado de Canarias, POI 2000-2006, y de cumplir con los objetivos de desarrollo rural de las zonas de medianías de nuestro archipiélago, obligan a la Administración Autonómica a adoptar las disposiciones que permitan a los Ayuntamientos y Cabildos Insulares, en su papel de promotores de los proyectos subvencionados, cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones, a cuyos efectos es preciso ampliar la fecha límite de ejecución hasta el 23 de abril de 2007 y la de justificación hasta el 30 de abril de 2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En el resuelvo tercero de la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias, se faculta al Director General de Estructuras Agrarias a dictar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo de dicha Orden, así como se delega en el mismo la facultad de dictar los actos que pongan fin al procedimiento.

Segundo.- En el apartado 2 de la base 6 de la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias, se establece que el órgano competente en el procedimiento de concesión es la Dirección General de Estructuras Agrarias.

Tercero.- En el artículo 15 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, se prevé la modificación de oficio de las resoluciones de concesión.

Vistos los hechos y fundamentos enunciados, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Único.- Modificar el apartado séptimo de la Resolución de 9 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, por la que se ampliaban los plazos establecidos en el apartado séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2006, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden de 2 de diciembre de 2005, por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias, en los términos siguientes.

El apartado séptimo quedará redactado de la siguiente manera:

Séptimo.- Establecer en el 23 de abril de 2007 el plazo para la adopción de la actividad subvencionada, y en el 30 de abril de 2007 el plazo para la presentación de la documentación justificativa y de justificación.

Notifíquese la presente Resolución a las Administraciones Públicas Locales de Canarias, con la advertencia de que contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación; sin perjuicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de que pueda interponer potestativamente requerimiento previo ante este Órgano, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o cualquier otro que estime pertinente.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2006.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

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