Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 233. Jueves 30 de Noviembre de 2006 - 4456

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria

4456 - EDICTO de 3 de octubre de 2006, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000280/2006.

Descargar en formato pdf

JUZGADO DE: Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0000280/2006.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Efigenia López González.

PARTE DEMANDADA: D. Manuel Reyes García.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de julio de 2006.

Visto por D. Jesús Ángel Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas, el juicio verbal 280/06 seguido por Dña. Efigenia López González, representada por la procuradora Dña. Montserrat Bethencourt Martínez y defendida por el letrado D. Alberto Pulido Ramos, contra D. Manuel Reyes García, en rebeldía, sobre desahucio y reclamación de cantidad.

FALLO

I. Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Efigenia López González ha lugar a la resolución de contrato solicitada, apercibiendo a D. Manuel Reyes García de lanzamiento si no desaloja la vivienda sita en la calle Virgen del Pilar, 3, piso 13º E, de Las Palmas de Gran Canaria, antes del 19 de septiembre de 2006.

II. Condenar a D. Manuel Reyes García al pago de las costas del pleito.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se preparará en este juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, y se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No se admitirá al demandado el recurso si al prepararlo no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 3 de octubre de 2006 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación al demandado D. Manuel Reyes García.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2006.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2006.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

© Gobierno de Canarias