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BOC Nº 233. Jueves 30 de Noviembre de 2006 - 1630

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

1630 - ORDEN de 22 de noviembre de 2006, por la que se corrige la Orden de 2 de agosto de 2006, que resuelve la convocatoria de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía, por el que se corrigen los errores materiales detectados en la Orden de 2 de agosto de 2006, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos.

Vista la propuesta del Director General de Industria y Energía.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de 26 de diciembre de 2005, se efectuó convocatoria de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos.

Segundo.- Por Orden de 2 de agosto de 2006, se resolvió dicha convocatoria y se publicó la misma en el Boletín Oficial de Canarias nº 158, de 14 de agosto de 2006.

Tercero.- En el apartado primero de la parte resolutoria de la citada Orden, se establece conceder las subvenciones a los Ayuntamientos que se relacionan en el anexo I, en el cual se señala la denominación de la obra a realizar y la cuantía de la subvención concedida que supone un 60% sobre la inversión a realizar.

Cuarto.- En las páginas 17605 y 17606 se observa la inclusión de una línea del texto perteneciente al nombre de una obra del Ayuntamiento de El Sauzal, en el nombre de la obra que corresponde al Ayuntamiento de Fasnia.

Quinto.-También se observa en la página 17607 un error en el presupuesto de la obra solicitada por el Ayuntamiento de Ingenio, denominada "Ahorro de Energía en A. P. Polígono de Las Majoreras".

Quinto.- Con fecha 7 de noviembre de 2006, la Intervención Delegada en la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, ha emitido informe favorable de fiscalización.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que se podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Corregir el error material detectado en el anexo I de la Orden de 2 de agosto de 2006, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para obras de ahorro energético, en la siguiente forma;

Ver anexos - página 27575

ontra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a sus notificación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembre de 2006.

LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,

María Luisa Tejedor Salguero.

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