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BOC Nº 207. Martes 24 de Octubre de 2006 - 1419

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1419 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 17 de octubre de 2006, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 10 de octubre de 2005, relativo a la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), en el ámbito de Montaña Pacho.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 10 de octubre de 2005, relativo a la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), en el ámbito de Montaña Pacho, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de octubre de 2006.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 10 de octubre de 2005, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Revisión parcial del Plan General de Ordenación de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), en el ámbito de Montaña Pacho.

Primero.- Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), en el ámbito de Montaña Pacho, al haberse solventado los reparos observados por la Ponencia Técnica de esta Comisión, celebrada el 26 de septiembre de 2005, y al haberse emitido informes del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Tenerife, de 10 de octubre de 2005, y de la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación del Gobierno de Canarias, de 4 de octubre de 2005, debiendo completarse el documento aprobado, con carácter previo a la publicación del presente Acuerdo, incorporando las siguientes determinaciones:

a) La ficha GE 34 el tratamiento mediante arbolado para su integración paisajística.

b) Las condiciones derivadas del informe de la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación del Gobierno de Canarias, que deberán reflejarse en el proyecto de urbanización, formando parte del mismo y en base a lo contenido en la directriz 136.4 de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, y que son las siguientes:

1. Remodelación del "Enlace de Pacho", dotándolo de carriles de aceleración y deceleración en sus cuatro ramales y eliminación de las conexiones directas de las vías de servicio a la glorieta superior.

2. Construcción del paso inferior propuesto de la vía de servicio del lado bajo la avenida proyectada.

3. Remodelación del trazado de la vía de servicio del lado oeste y construcción de la nueva glorieta planificada en ese lado oeste.

Los Planos que figuran en el informe de la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación del Gobierno de Canarias tendrán carácter de recomendación para el proyecto de urbanización, debiendo incorporarse al Plan General de Ordenación y teniendo el promotor la obligación de correr con los gastos derivados de las actuaciones antedichas tal y como recoge el citado informe.

Segundo.- La totalidad de la documentación aportada debe ser ratificada por el Pleno Municipal.

Tercero.- Una vez recibida la totalidad de la documentación debidamente ratificada y emitido el informe técnico favorable sobre el cumplimiento de lo acordado por esta Comisión, se procederá a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y al Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., la Jefa de Sección del Servicio de Apoyo a la C.O.T.M.A.C. Occidental, Carmen Neri Cordovés.

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