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BOC Nº 199. Miércoles 11 de Octubre de 2006 - 3733

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3733 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 18 de septiembre de 2006, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Juan José Rico Garmendía, de la Resolución recaída en el expediente de I.M. 229/02.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Juan José Rico Garmendía, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1903, de fecha 19 de julio de 2006, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Juan José Rico Garmendía, la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1903, de fecha 19 de julio de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, por infracción de la legalidad urbanística, con referencia I.M. 229/02, y cuyo texto es el siguiente:

"Primero.- Imponer a D. Juan José Rico Garmendía, una multa de cuatro mil trescientos (4.300) euros como responsable, en calidad de promotor, de una infracción administrativa muy grave tipificada como tal en el artículo 202.4.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo y sancionada en el artículo 213 del mismo cuerpo legal, consistente en la construcción de un muro a modo de patio anexo a una vivienda y el hormigonado de una pista, en suelo rústico de protección de valor paisajístico, dentro del Paisaje Protegido de La Geria (L-10) en el término municipal de San Bartolomé de Lanzarote, dadas las circunstancias que concurren en el expediente y que han sido expuestas en los fundamentos de derecho.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico perturbado, dejando expresamente pendiente la adopción de las medidas procedentes para el pleno restablecimiento del orden jurídico infringido de las obras a que hace referencia la presente resolución hasta que recaiga resolución en el expediente de legalización.

Tercero.- Notificar la presente Resolución a los interesados, al Cabildo Insular y al Ayuntamiento.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Hacienda a este fin, una vez sea firme la presente Resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propio de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en derecho".

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 2006.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.

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