BOC - 2006/183. Martes 19 de Septiembre de 2006 - 3459

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria

3459 - EDICTO de 23 de mayo de 2006, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001401/2004.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0001401/2004.

PARTE DEMANDANTE: Santander Central Hispano Activos Inmobiliarios, S.A. Sociedad Gestora de Instituciones.

PARTE DEMANDADA: D. José Manuel Navarro Vega y Dña. María Celia Quintana García.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2006.

Vistos por mí, Dña. Eva María Gómez Díaz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria y de su Partido Judicial, los autos de juicio verbal de desahucio de finca urbana por falta de pago de rentas y reclamación de rentas debidas, seguidos ante este Juzgado y registrados con el nº 1401 del año 2004, a instancia de la entidad mercantil Banco Santander Central Hispano Activos Inmobiliarios, S.A. Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, C.I.F. A-80959612, con domicilio social en Madrid, Paseo de La Castellana, 32, representada por el Procurador D. Octavio Esteva Navarro, bajo la dirección Letrada de D. Francisco Naranjo Sintes frente a D. José Manuel Navarro Vega, mayor de edad, D.N.I. 42.712.752-G y Dña. María Celia Quintana García, mayor de edad, D.N.I. 42.756.512-H, ambos en situación procesal de rebeldía, y atendidos a los siguientes

Que estimando la demanda de juicio verbal de desahucio de finca urbana por falta de pago de rentas y reclamación de rentas debidas interpuesta por el Procurador D. Octavio Esteva Navarro, en nombre y representación de la entidad actora Banco Santander Central Hispano Activos Inmobiliarios, S.A., Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, bajo la dirección Letrada de D. Francisco Naranjo Sintes, contra D. José Manuel Navarro Vega y Dña. María Celia Quintana García, ambos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre la entidad actora y los demandados sobre la vivienda sita en calle Doctor Alfonso Chiscano, 20, portal 1, 2º B, de Las Palmas de Gran Canaria, plaza de garaje y trastero anexos, a fecha de 26 de agosto de 2002; debo condenar y condeno a los demandados a dejar libre, vacua y expedita la citada vivienda a la libre disposición de la parte actora antes de la fecha de lanzamiento, 15 de marzo de 2006, a las 10,30 horas, determinada por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Las Palmas de Gran Canaria, con apercibimiento de lanzamiento en caso de que no recurra la presente resolución, y debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a favor de la parte actora la cantidad de mil setecientos noventa euros con setenta y un céntimos (1.790,71 euros), en concepto de rentas impagadas, más las que se vayan devengando hasta la fecha del efectivo lanzamiento judicial, más el interés legal de estas cantidades desde la fecha de interposición de la demanda.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta Sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se practique la notificación a las partes.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 23 de mayo de 2006 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el B.O.C. para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a José Manuel Navarro Vega y María Celia Quintana García.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de mayo de 2006.- El/la Secretario Judicial.



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