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BOC Nº 162. Lunes 21 de Agosto de 2006 - 1167

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1167 - ORDEN de 7 de agosto de 2006, por la que se resuelve la selección de proyectos con el fin de avanzar hacia una Red de Centros integrados de formación profesional, convocada para el curso 2006/07.

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Examinada la propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 11 de mayo de 2006, se convoca para el curso 2006/07, la selección de proyectos, en centros públicos dependientes de esta Consejería, con el fin de avanzar hacia una Red de Centros integrados de formación profesional (B.O.C. nº 103, de 29.5.06).

Segundo.- Los centros educativos interesados en acogerse a la presente convocatoria y que reúnen las condiciones de participación requeridas han presentado la documentación en tiempo y plazo.

Tercero.- Con fecha 18 de julio de 2006, se constituyó una Comisión de Selección, encargada de valorar los proyectos presentados de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la convocatoria y de elevar la propuesta de selección al Consejero de Educación, Cultura y Deportes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Por Orden de 11 de mayo de 2006, se convoca para el curso 2006/07 la selección de proyectos, en centros públicos dependientes de esta Consejería, con el fin de avanzar hacia una Red de Centros integrados de formación profesional (B.O.C. nº 103, de 29.5.06).

Segundo.- Con el fin de avanzar hacia una Red de Centros integrados de formación profesional, se unen a los nuevos centros seleccionados por la presente Orden, los ya seleccionados en el curso 2004/05, por Orden de 19 de julio de 2004 (B.O.C. nº 149, de 3.8.04) y los seleccionados en el curso 2005/06, por Orden de 22 de julio de 2005 (B.O.C. nº 166, de 24.8.05).

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 161, de 9.12.91), y modificaciones posteriores así como en la base séptima de la Orden de 11 de mayo de 2006 (B.O.C. nº 103, de 29.5.06),

D I S P O N G O:

Primero.- Admitir todos los proyectos presentados y que se relacionan en el anexo I de la presente Orden, ordenados de mayor a menor puntuación.

Segundo.- Seleccionar, en atención a la puntuación obtenida, los proyectos que se relacionan en el anexo II.a) de la presente Orden y asignar la dotación económica señalada en el mismo.

Tercero.- Asignar, a los centros seleccionados por Orden de 19 de julio de 2004 y por Orden de 22 de julio de 2005 que mantienen su continuidad y que se relacionan en el anexo II.b) de la presente Orden, la dotación económica señalada en el mismo.

Al ser el I.E.S. Majada Marcial un centro docente que se encuentra dentro del Plan Sur como futuro centro integrado de formación profesional y al que se le han trasladado la mayoría de los ciclos formativos impartidos en el I.E.S. Puerto del Rosario, asume el proyecto de centro integrado que se ha venido desarrollando en ambos institutos.

Cuarto.- Aprobar, para el curso escolar 2006-2007, los proyectos de Centros Coordinadores de Familia Profesional relacionados en el anexo III de la presente Orden, con indicación de la valoración de los siguientes criterios: la encuesta a los centros docentes, el tamaño de la Familia Profesional, los logros y objetivos alcanzados en su trabajo anterior como Centros Coordinadores, el trabajo en la página AGAWEB y el trabajo de equipamiento didáctico.

La suma de todos estos valores determina un "global" en proporción al cual se obtiene la cantidad que se le asigna a cada Familia Profesional, importe que a su vez se distribuirá, dentro de cada Familia Profesional, si la misma tiene un ámbito compartido.

En cualquier caso, si el "global" es inferior a 30, aparece reflejado en la última columna del anexo III de la presente Orden con un "NO", indicativo de que no se asigna la coordinación, ni la cantidad correspondiente a la misma.

Quinto.- Ordenar el libramiento de los créditos asignados a los proyectos seleccionados como centros integrados y como Centros Coordinadores de Familias Profesionales, que se efectuará como un recurso extraordinario, por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, de conformidad con el artículo 12 del Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el Procedimiento de Gestión Económica de los centros docentes públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Sexto.- La justificación de los libramientos autorizados, se hará conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias y del Decreto 276/1997, de 27 de noviembre.

Séptimo.- Los centros relacionados en el anexo II.a) remitirán, antes de la finalización de cada curso escolar, desde el 2006-2007 hasta el 2008-2009, una memoria final en la que se hará constar un informe de auditoría realizado por una empresa externa de acreditación en cuanto a la evolución de la implantación del Modelo de Gestión de Calidad.

Asimismo, los centros relacionados en el anexo III, a los que se les haya asignado la coordinación de Familia Profesional, remitirán un informe sobre las actividades realizadas, número de participantes, logros y objetivos alcanzados en su trabajo como Centro Coordinador, a través del modelo recogido en el anexo IV de la Orden de 11 de mayo de 2006, adjuntando el material elaborado.

Octavo.- Los proyectos seleccionados y los aprobados se someterán al seguimiento establecido por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos. En este sentido, los Centros Coordinadores de Familias Profesionales, asumen el compromiso de mantenimiento y culminación de la página AGAWEB y de MFP "Material de Formación Profesional", así como la propuesta de formación del profesorado, coordinación y mejora de las programaciones didácticas y aquellos otros objetivos marcados en sus proyectos.

Noveno.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como el incumplimiento de la presentación de la documentación requerida, supondrá la revocación del proyecto aprobado.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de agosto de 2006.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

Ver anexos - páginas 18574-18576

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