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BOC Nº 159. Miércoles 16 de Agosto de 2006 - 2977

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

2977 - ANUNCIO de 1 de agosto de 2006, relativo a notificación de la Resolución de 16 de diciembre de 2005, recaída en el expediente AC564/05 de calificación.

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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Comunidad de Bienes Julio y Amalia, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Comercio y Empleo se ha dictado Resolución de fecha 16 de diciembre de 2005, recaída en el expediente AC564/05 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Comunidad de Bienes Julio y Amalia para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:

- Aplicación y cumplimiento de la Norma Básica de la Edificación sobre Condiciones de Protección Contra Incendios NBE-CPI/96, incidiendo de manera expresa en los siguientes aspectos:

· Cálculo de la ocupación prevista en la totalidad de la actividad tomando como valores de densidad de ocupación los que se indican en el artº. 6, incluyendo plano donde se describan en su caso las diferentes zonas y se refleje el mobiliario instalado.

· Evacuación conforme al artº. 7 en base a la ocupación calculada.

· Descripción de los elementos constructivos y materiales (muros, tabiques, pilares, forjados, cubiertas, etc.) del local donde se ubica la actividad y características del comportamiento ante el fuego de éstos conforme al capítulo 3.

- Indicación del uso o usos a los que se destina la totalidad de la planta a nivel de patio.

- Planos en los que se detallen la disposición y características de los elementos de extinción y detección de incendios mencionados en la memoria.

- Descripción de la ubicación de los depósitos que componen la instalación de G.L.P.

- En caso de superar la ocupación del local las 50 plazas se deberá justificar la idoneidad de las soluciones adoptadas en memoria y documentación gráfica para el cumplimiento del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación, cumplimentándose en cualquier caso la Ficha Técnica de accesibilidad que se incluye en el anexo 6.

Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2006.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.

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