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Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4ē, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,
D I S P O N G O:
Notificar a los denunciados que se citan, la Resolución formulada con ocasión del expediente que les ha sido instruido por este Cabildo por infracción administrativa en materia de transporte.
La cuantía de la sanción deberá ser ingresada en la cuenta corriente de la Caja Insular de Ahorros de Canarias, c./c. nē 2052 8029 23 3500007104, en el que se haga constar el número de expediente y titular al que corresponde. Los plazos de ingreso en período voluntario son los siguientes (artē. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, B.O.E. nē 302, de 18.12.03): si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Los vencimientos que coincidan con un sábado se trasladarán al primer día hábil siguiente.
Dentro de dichos plazos podrán solicitarse aplazamientos y fraccionamientos en los términos de los artículos 48 y siguientes del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre). Finalizado el período voluntario de pago sin haber satisfecho la deuda, o sin haber presentado en tiempo y forma el correspondiente recurso o reclamación, se procederá a la exacción de la deuda con el recargo del 5%, 10% ó 20% según corresponda, de acuerdo con el artē. 28 de la citada Ley, así como de los intereses de demora y costas que sean procedentes.
Contra la Resolución recaída, que agota la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el Ilma. Sra. Presidenta del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación de la presente Resolución, o directamente formular recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de publicación de la Resolución que se notifica. Para el supuesto de interposición de recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta, sin perjuicio, en su caso, de que puedan utilizar cualquier otra acción o recurso que estimen procedentes para la defensa de sus intereses. La presentación del recurso suspenderá el plazo de ingreso antes indicado, no obstante en el caso de que la presente Resolución gane firmeza, se reiniciará a partir de la fecha el cómputo de dicho plazo con los efectos señalados en caso de impago.
1) TITULAR: Flarnifran, S.L.; Nē EXPTE.: GC/30273/O/2005; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: 9636-BKX; INFRACCIÓN: artē. 142.18, de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), Orden Ministerial de 25 de octubre de 1990 (B.O.E. de 30.10); CUANTÍA: 100,00 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de huevos entre Arrecife y Puerto del Carmen, en un vehículo ligero, careciendo el mismo de todos los distintivos relativos a la tarjeta de transportes.
2) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/30563/O/2005; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-4618-BZ; INFRACCIÓN: artē. 142.18 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), Orden Ministerial de 25 de octubre de 1990 (B.O.E. de 30.10); CUANTÍA: 100,00 euros; HECHO INFRACTOR: circular un autobús con cuatro viajeros no ostentando distintivos transportes VD. sólo ostenta un distintivo transporte parte posterior vehículo VD.
3) TITULAR: Indal. Avic. Agraria de Lanzarote, S.L.; EXPTE.: GC/30375/O/2005; POBLACIÓN: Teguise (Lanzarote); MATRÍCULA: 7402-CBZ; INFRACCIÓN: artē. 142.25, en relación con el artē. 141.13, artículos 45, 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 4 y 158 ROTT; CUANTÍA: dar por concluido el procedimiento nē GC/30375/O/2005, instruido contra Indal. Avic. Agraria de Lanzarote, S.L., estimar cometidos los hechos que se declaran probados e imponer una sanción totalizada de 400,00 euros (66.554 pesetas), que por haberse acogido la sancionada al beneficio de reducción del 25% recogido en el artē. 146.3, párrafo 2ē, de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, queda minorada a 300,00 euros (49.916 pesetas) y declarar que esta sanción ha sido ya abonada por la parte denunciada.
4) TITULAR: Serv. y Ccio. de Lanzarote, S.L.; EXPTE.: GC/30195/I/2006; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: 5442-CSS; INFRACCIÓN: artē. 140.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); CUANTÍA: 4.471,00 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado de mercancías -zumos y otros-, con exceso de peso (4.700 kg; 34%) siendo el P.M.A. de 3.500 kg.
5) TITULAR: José Antonio Navarro Palacín; EXPTE.: GC/30037/I/2006; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-1436-AW; INFRACCIÓN: artē. 141.10, artē. 33.3 y 4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artē. 19 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; HECHO INFRACTOR: obstrucción a la labor inspectora al no facilitar a la inspección la documentación requerida mediante requerimiento notificado al conductor D. Carlos Luis Álvarez Plasencia el día 17 de enero de 2006 que recoge y firma y se adjunta a esta incoación.
6) TITULAR: Comunicación y Logística Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/30625/O/2005; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: 6369-CWW; INFRACCIÓN: artē. 141.31, en relación con el artē. 140.1.9, artículos 47 y 90 Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 109 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; HECHO INFRACTOR: circular desde Puerto del Carmen hasta Playa Blanca transportando paquetería en servicio público con vehículo ligero de arrendamiento sin conductor por período superior a 1 mes (36 meses), careciendo de autorización de transportes, número de contrato de arrendamiento 20041009016.
7) TITULAR: Iniciativas para Desarrollo Transporte Inter; EXPTE.: GC/30589/O/2005; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: 5641-CRF; INFRACCIÓN: artē. 142.18 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), Orden Ministerial de 25 de octubre de 1990 (B.O.E. de 30.10); CUANTÍA: 100,00 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de Las Palmas de Gran Canaria a Lanzarote consistente en paquetería variada sin llevar colocados los distintivos correspondientes.
Arrecife, a 5 de julio de 2006.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.
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