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BOC Nº 117. Lunes 19 de Junio de 2006 - 2106

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

2106 - EDICTO de 19 de octubre de 2005, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio declarativo de menor cuantía nº 0000634/2000.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2005.

Vistos por la Sra. Dña. Blanca Grand Delgado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía seguidos ante este Juzgado bajo el nº 634/00, a instancia de Dña. Mary Delia Tovar Felipe, actuando por sucesión procesal como heredera de D. Pedro Tovar Martín, representada por la Procuradora Dña. Silvia Marrero Aguiar y asistida por el Letrado D. Mauricio A. Roque González, contra los desconocidos herederos de D. Juan Orell Antich y Dña. Valentina Domingo Carmamo, ambos declarados en situación procesal de rebeldía, contra Dña. Juana Ortega Santana, representada por la Procuradora Dña. María del Carmen Bordón Artiles y asistida por el Letrado D. Javier Medina Medina, contra Dña. Graciela Botello y Dña. Luz Marina Puentes Botello, representadas por la Procuradora Dña. Ana Teresa Kozlowski Betancor y asistidas por el Letrado D. Eduardo J. López Martínez, contra la entidad Banco Popular Español, S.A., representada por la Procuradora Dña. Lidia Esther Afonso Arencibia y asistida por el Letrado D. Eduardo Librero Colmenero, y contra la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador D. Antonio Vega González y asistida por el Letrado D. Julián Jiménez Quintana, sobre ejercicio de acción reivindicatoria, nulidad de títulos de propiedad y de constitución de hipotecas y rectificación de asientos registrales; y atendiendo a los siguientes;

FALLO

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Emma Crespo Ferrándiz, sustituida posteriormente por la Procuradora Dña. Silvia Marrero Aguiar, en nombre y representación de D. Pedro Tovar Martín sustituido procesalmente por su heredera Dña. Mary Delia Tovar Felipe, debo absolver y absuelvo a los demandados ignorados herederos de D. Juan Orell Antich, Dña. Valentina Domingo Carmamo, Dña. Juana Ortega Santana, Dña. Graciela Botello, Dña. Luz Marina Puentes Botello, la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y la entidad Banco Popular Español, S.A. de todos los pedimentos ejercitados en su contra, con imposición de las costas causadas a la parte actora.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el término de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de herederos desconocidos de D. Juan Orell Antich, Valentina Domingo Carmamo y a todas aquellas personas físicas o jurídicas desconocidas a quienes pudiere afectar el contenido de esta pretensión, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de 2005.- El/la Secretario.

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