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BOC Nº 113. Martes 13 de Junio de 2006 - 2001

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

2001 - Dirección General de Desarrollo Agrícola.- Anuncio de 31 de mayo de 2006, por el que se requiere a los interesados de las subvenciones reguladas en la Orden de 20 de enero de 2006, que convoca para el ejercicio 2006, subvenciones destinadas a la sanidad vegetal (B.O.C. nº 20, de 30.1.06) cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, o no acompañan la documentación preceptiva prevista y cuyos expedientes han sido examinados a 31 de mayo de 2006.

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Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 20 de enero de 2006 (B.O.C. nº 20, de 30.1.06), se convocan para el ejercicio 2006, subvenciones destinadas a la sanidad vegetal.

El apartado 2 de la base sexta del anexo I, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

En su caso, se requerirá al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que en el plazo de 10 días, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se requiere a los interesados relacionados en el anexo que se acompaña, para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2006.-El Director General de Desarrollo Agrícola, Celestino Suárez Espino.

Ver anexos - páginas 11679-11680

1. Solicitud según modelo oficial publicado como anexo II a la Orden de 20 de enero de 2006 (B.O.C. nº 20, de 30.1.06), debidamente cumplimentada.

2. Documento acreditativo de la personalidad del peticionario.

3. Documento acreditativo de la representación con que actúa el peticionario.

4. Certificación literal del Registro Mercantil o estatutos y/o escrituras de constitución, en el caso de personas jurídicas.

5. Tarjeta de identificación fiscal.

6. Acreditación de que el solicitante está dado de Alta a Terceros en el sistema informático contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.).

7. Previsión de ingresos y gastos o plan de financiación de la actividad.

8. Memoria detallada de la actividad a realizar, con indicación del presupuesto detallado de la misma, plazo de ejecución así como la aportación de las facturas proforma si dispone de ellas o programa sanitario.

9. Que se compromete a cumplir lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del número 11 del artículo 52 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. Memoria descriptiva del ensayo a realizar, objetivos, medios, presupuesto, etc.

11. Cuando la solicitud la haga una entidad asociativa en nombre de los titulares de las explotaciones beneficiarias, deberá presentarse una certificación expedida por la entidad asociativa en la que figuren: nombre y apellidos de los titulares de las explotaciones beneficiarias, N.I.F. y superficie beneficiada por la inversión objeto de subvención de cada uno de los titulares.

12. Descripción y presupuesto de los medios fungibles a adquirir.

13. Contrato del Técnico director del programa, así como acreditación de la titulación exigida y D.N.I.

14. Relación de agricultores, superficies, indicando el número de parcela, polígono y municipio, y los cultivos sobre los que se aplica el programa de lucha integrada.

15. Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que acrediten fehacientemente la titularidad de la explotación a favor del solicitante o nota simple de información registral.

16. Presentar ensayo en modelo formalizado de petición al Dr. General.

17. Nombramiento de la nueva Junta o renovación de la anterior.

18. Acta constitucional del ATRIA firmada por todos los miembros que la integran.

19. Modificación estatutaria del objeto social.

20. Nombramiento del presidente de la Asociación.

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