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BOC Nº 113. Martes 13 de Junio de 2006 - 795

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

795 - DECRETO 73/2006, de 31 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento "La Iglesia de Santa Úrsula y los Bienes Muebles Vinculados a la misma", situada en el término municipal de Santa Úrsula, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección.

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Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Tenerife para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Iglesia de Santa Úrsula, situada en el término municipal de Santa Úrsula y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Mediante Resolución de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias de 12 de febrero de 1985, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de "La Iglesia de Santa Úrsula", situada en el término municipal de Santa Úrsula, sometiendo el mismo a información pública, por el plazo legalmente establecido.

II. Consta la Resolución del Consejero de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 13 de diciembre de 2004, por la que se concede trámite de audiencia a los interesados, por el plazo de 15 días, habiendo sido presentadas alegaciones las cuales fueron desestimadas.

III. Recabado el dictamen de la Real Academia de Bellas Artes de San Miguel Arcángel, la Universidad de La Laguna y del Organismo Autónomo de Museos y Centros, consta el informe favorable emitido por este último organismo.

IV. Por Resolución del Consejero de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 4 de mayo de 2005, se resuelve elevar este expediente al Gobierno de Canarias para su declaración como Bien de Interés Cultural, y en sesión celebrada el 22 de junio de 2005 el Consejo Canario de Patrimonio Histórico emite informe favorable para la declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de "La Iglesia de Santa Úrsula" situada en el término municipal de Santa Úrsula, isla de Tenerife.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Octava de la Ley Territorial 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, la tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico, el Decreto de 16 de abril de 1936, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional y el Decreto 662/1984, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración de monumentos y conjuntos histórico-artísticos de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, visto el informe del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión de 31 de mayo de 2006,

D I S P O N G O:

Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento "La Iglesia de Santa Úrsula y los Bienes Muebles Vinculados a la misma" situada en el término municipal de Santa Úrsula, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección, según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2006.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN.

Iglesia de una sola nave y planta de cruz latina, con capilla mayor y dos laterales separadas por arcos de cantería. Su fachada de cantería ofrece portada de medio punto entre pilastras cajeadas toscanas y remate con arquitrabe, friso liso y frontón triangular inscrito en hastial diédrico con un reducido óculo en el vértice. La espadaña anexa es reciente con un doble arco de medio punto y remate de frontón con bolas en los vértices. La cubierta es de teja árabe a dos aguas de triple rosca. La fachada lateral a la plaza cuenta con una segunda portada de medio punto en cantería y una ventana acristalada; mientras que el ángulo generado por la capilla de la Epístola aparece ocupado por el cuerpo de la casa parroquial, en un lenguaje anodino.

La cubierta de teja árabe a dos aguas y triple rosca ocupa el buque del templo, mientras que en las capillas laterales es a cuatro aguas. Adosada a la fachada norte se construye en 1993 una torre de nueva fábrica en cantería vista, salvo su remate.

En el interior, la nave muestra un artesonado de par y nudillo, con seis tirantes y decoración geométrica, y un arco toral en cantería sobre capiteles jónicos que da paso al crucero. La capilla mayor y las laterales poseen techumbre ochavada con decoración geométrica. La sacristía se localiza tras la capilla mayor.

De esta iglesia iniciada en el siglo XVI reformada y ampliada en el siglo XVII, cabe resaltar la decoración de la portada, siendo un ejemplo de las pautas tradicionales de la edificación religiosa en Canarias.

DELIMITACIÓN.

La delimitación para el Monumento se corresponde con un polígono irregular que engloba las siguientes parcelas catastrales:

- Polígono catastral 40.543, parcelas 01, 02, 03 y 04.

- Polígono catastral 40.532, parcelas 01, 02 (parcialmente) y 03.

- Polígono catastral 40.546, parcelas 10, 11, 12 y 13.

- Polígono catastral 41.552, parcelas 13 y 14 (parcialmente).

- Polígono catastral 39.557, parcelas 02 y 03.

- Polígono catastral 38.544, parcelas 04, 05, 06, 07, 08 y 09.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN.

La justificación de la delimitación radica en la necesidad de establecer un entorno de protección que acoja la Iglesia de Santa Úrsula, así como los inmuebles que la circundan, alineados en las calles limítrofes. Si bien se trata de edificaciones de escasa relevancia patrimonial, su proximidad a la iglesia exige una labor de control de las actuaciones que se desarrollen en ellas en el futuro, con objeto de evitar posibles impactos negativos que afecten al bien, a su contemplación, estudio o apreciación de sus valores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

BIENES MUEBLES VINCULADOS.

Retablo Mayor, autor anónimo, siglo XIX; ubicación: Capilla Mayor, testero.

Santa Úrsula, imagen de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: hornacina derecha del Retablo Mayor.

Virgen del Rosario, imagen de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVIII (escuela genovesa); ubicación: hornacina izquierda del Retablo Mayor.

Retablo del Nazareno, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: capilla de la Epístola. Remate con un óleo sobre lienzo.

Nazareno, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: hornacina central del retablo homónimo.

San Pedro, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: hornacina izquierda, Retablo del Nazareno.

Cristo yacente, escultura de bulto redondo (brazos articulados), autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: hornacina en el banco del Retablo del Nazareno.

Inmaculada Concepción, escultura de bulto redondo, atribuida a Martínez Montañés, siglo XVII; ubicación: capilla colateral de la Epístola, en la pared, sobre una ménsula.

San Juan Bautista, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: nave de la iglesia, pared de la Epístola, sobre ménsula, junto al arco toral.

Crucificado, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: nave de la iglesia, pared de la Epístola.

Santa Rita, escultura de bulto redondo; autor: Fernando Estévez, siglo XIX; ubicación: nave de la iglesia, pared de la Epístola, a los pies de la Iglesia.

San Fernando Rey, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: nave, pared del Evangelio, a los pies de la iglesia.

Cuadro de ánimas, óleo sobre lienzo; autor: Domingo Lorenzo, siglo XVIII; ubicación: nave, pared del Evangelio.

San José con el Niño, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: nave, pared del Evangelio, junto al arco toral.

Retablo del Rosario, autor anónimo, siglos XVII-XVIII; ubicación: capilla del Evangelio. Remata con un óleo sobre lienzo. (El retablo está compuesto por piezas de procedencia varia. El banco o altar puede provenir de los que se desmontaron durante los años de 1970 en la nave del templo).

Nuestra Señora de los Dolores, imagen de vestir, siglo XVIII, autor anónimo; ubicación: hornacina central del retablo del Rosario.

San Juan Evangelista, escultura de vestir, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: hornacina izquierda del retablo del Rosario.

Santo Jesuita, escultura de vestir, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: en la pared de la capilla del Evangelio.

Pila bautismal de mármol; ubicación: adosada a la pared de la Epístola, a los pies de la Iglesia. (Cuenta con inscripción del donante: Ismael Coomyns. Se deduce que la pila es circular, ya que la inscripción se interrumpe en la pared).

Pila bautismal de mármol, autor anónimo, siglo XIX; ubicación: baptisterio.

Tapiz italiano, autor anónimo, siglo XIX; ubicación: baptisterio.

San Sebastián en el Martirio, imagen de bulto redondo, marfil, origen filipino, autor anónimo, siglo XIX.

Niño Jesús triunfador del mundo, el demonio y de la carne, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: sacristía.

Crucificado (Cristo vivo), escultura de bulto redondo (crucifijo de altar), atribuido a Luis Cabeza Viera, siglos XVII-XVIII; ubicación: sacristía.

Crucificado, escultura de bulto redondo (Crucifijo de altar), autor anónimo, siglos XVIII-XIX; ubicación: sacristía.

Crucificado, escultura de bulto redondo (Crucifijo de altar con la base suprimida), autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía (actualmente atornillado a una alacena de orfebrería).

Cruz de madera con Crucificado en óleo, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía.

Niño Jesús bendicente, escultura de bulto redondo, autor anónimo, siglos XVII-XVIII; ubicación: sacristía.

Custodia de plata sobredorada, cincelada y repujada, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía. (Con una inscripción en el pie: "ES DE LA YGLESIA DE SANCTA VRSULA").

Custodia de plata cincelada y repujada, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación sacristía. (Perteneció al convento de San Nicolás de La Orotava).

Cruz procesional de plata con Cristo dorado, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía.

Incensario de plata, autor anónimo, siglos XVII-XVIII; ubicación: sacristía.

Naveta de plata, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: Capilla Mayor.

Acetre e hisopo de plata, autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía.

Cáliz de plata sobredorada, autor anónimo siglos XVII-XVIII; ubicación: sacristía. (La base y el pie del cáliz parece posterior).

Cruz de plata calada, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: sacristía.

Atriles de carey con incrustaciones de nácar (americanos), autor anónimo, siglo XVIII; ubicación: sacristía.

Sol de plata de la Virgen del Rosario, plata fundida y repujada sobre armazón de madera, autor anónimo, siglo XVII; ubicación: baptisterio.

Coronas de la Virgen del Rosario y del Niño, plata sobredorada; sobre las esculturas de referencia, autor anónimo, siglo XVIII.

Ver anexos - página 11665

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